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Almuñécar contra la corrupción

También pedimos un informe de Secretaría sobre el tema

También pedimos un informe de Secretaría sobre el tema

Igualmente, el concejal de IU pidió un informe de Secretaría en el que se hiciera constar si el pliego de condiciones que regula la adjudicación del servicio de recaudación a una empresa privada es legal en todos sus puntos. Nosotros tenemos nuestras dudas, pero, como es lógico, tampoco quiso el alcalde que la Secretaria hiciera ese informe. Cuantos menos informes sobre legalidad, mejor. Este es el escrito presentado por IU:

Ayuntamiento de Almuñécar

A la atención del señor Alcalde

Secretaría Municipal

 

Fermín Tejero Mesa, portavoz del Grupo Municipal de Izquierda Unida, ante la convocatoria del Pleno en el que va a discutirse sobre la rescisión del convenio suscrito con la Diputación para la recaudación, así como la aprobación de los pliegos de condiciones para adjudicar ese servicio a una empresa privada, cree necesario que, antes de su pronunciamiento, los concejales tengan un Informe de Secretaría que valore la legalidad o no del acuerdo a tomar. En este sentido, es manifiesto que la gestión recaudatoria es una función administrativa, lo que supone un poder-deber que las normas atribuyen a la Administración al tiempo que le imponen su ejercicio de modo inexcusable. Se desarrolla por órganos administrativos a través de los correspondientes procedimientos reglados, sin perjuicio de que se autorice a entidades financieras para desempeñar el servicio de caja. Dadas estas limitaciones que la Ley marca al servicio de recaudación, es conveniente asegurar a los concejales que el pliego de condiciones respeta estos criterios de legalidad. En concreto, sería necesario que por Secretaría se informara acerca de la legalidad o no de los siguientes extremos:        

  • La adjudicación de la recaudación a una empresa privada no cumple con lo preceptuado en el artículo 7 del RDL 2/2004 (Texto refundido de la Ley de Haciendas Locales)
  • Los pliegos de contrataciones no cumplen la legalidad al establecer la posibilidad de una fiscalización directa de todas las contrataciones de la empresa adjudicataria
  • Los pliegos de contrataciones no cumplen la legalidad al otorgar al ayuntamiento la posibilidad de elegir al gerente de la empresa concesionaria
  • Legalidad o no de que una empresa privada tenga las bases de datos con información confidencial de miles de contribuyentes
  • Los pliegos de condiciones no delimitan con claridad las funciones a realizar por la empresa adjudicataria y por los empleados municipales. Por lo tanto, es necesario e inexcusable una concrección pormenorizada de estos extremos así como la cuantificación de los costes del servicio tanto por parte de la empresa adjudicataria como por la parte que tendría que asumir el ayuntamiento mediante sus empleados y medios
  • Informe acerca de la capacidad del ayuntamiento para embargar fuera del término municipal
  • La adjudicación de la recaudación a una empresa privada no cumple con lo preceptuado en el artículo 8 del Reglamento General de Recaudación

 Solicito que este informe de Secretaría sea entregado a los concejales antes de la celebración del Pleno para que la deliberación y toma de acuerdos se produzca con garantías y el más amplio conocimiento de las ventajas e inconvenientes de cada opción.

 En Almuñécar a 26 de agosto de 2008

 Sin otro particular, aprovecho para saludarle.

 Firmado: Fermín Tejero Mesa

 

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