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Almuñécar contra la corrupción

ALEGACIÓN AL PLAN SUBREGIONAL DE LA COSTA GRANADINA

Si quieres presentar alegaciones al campo de golf en Río Verde, puedes imprimir esta alegación, firmarla y entregarla en la sede de IU. También puedes enviarla por correo electrónico en un documento pdf, doc o rtf con tu firma incluida como imagen.

ALEGACIÓN AL PLAN SUBREGIONAL DE LA COSTA GRANADINA

 

D...................................................................................... con D.N.I. ............................, con domicilio a efectos de notificación en C/ ..................................................................................., de Almuñécar (18690) actuando en  nombre propio, presenta la siguiente ALEGACIÓN AL DOCUMENTO DE APROBACIÓN INICIAL DEL  PLAN SUBREGIONAL DE LA COSTA GRANADINA.

 

En el documento de Normativa, páginas  143 y 144, se recoge:

 

Artículo 47.  Instalaciones turísticas y recreativas de ámbito supramunicipal. (N, D y R)

1. Son instalaciones recreativas de interés territorial los acuarios, aeródromos, campos de golf, campos de tiro, centros ecuestres, centros de interpretación de la naturaleza, circuitos de motocross y supercross, jardines botánicos, parques acuáticos, parques temáticos, reservas de fauna y todas aquellas instalaciones

para ocio, deporte e interpretación de la naturaleza que tengan una incidencia supralocal. (N)

2. Las instalaciones recreativas de interés territorial deberán contar con las infraestructuras de acceso, aparcamientos y capacidad de las redes urbanas de energía, agua, telecomunicaciones y eliminación de residuos adecuadas a las demandas previsibles en máxima ocupación, sin que se vean afectados los niveles de servicio y capacidad de las infraestructuras y dotaciones previamente existentes. Los instrumentos de planeamiento general analizarán expresamente la capacidad de las infraestructuras y recursos existentes para absorber el incremento de demanda derivado de la actuación prevista y definirán, en su caso, las dotaciones de infraestructuras y la procedencia de los recursos necesarios. (D)

3. Las instalaciones recreativas de interés territorial no podrán incorporar en suelo no urbanizable otras edificaciones que las vinculadas directamente a la práctica de la actividad recreativo y/o deportiva, club social, alojamiento hotelero y restauración. (N)

4. La implantación de estas instalaciones en suelo no urbanizable se ajustará a la normativa que le sea de aplicación, y, en ausencia de ésta, a los siguientes criterios de ordenación: (D)

a)Su diseño y construcción se ajustará al soporte territorial y protegerá la preexistencia de elementos relevantes del territorio, en especial la red de drenaje y, en su caso, la vegetación arbolada.

b)El riego y saneamiento de aguas se organizará de tal manera que se optimice el uso de los recursos hídricos.

c)El proyecto incluirá un estudio paisajístico que garantice su armonización con el entorno.

d)La energía necesaria para las instalaciones y edificaciones deberá obtenerse, al menos en un 50% de la demanda media diaria, a través de fuentes renovables mediante sistemas de generación incluidos en la actuación.

5. Se recomienda la localización de las siguientes instalaciones: (R)

a)Campo de golf en la vega del río Verde (Almuñécar).

b)Complejo de turismo rural de Guadajama y Aguablanquilla (Lentegí).

c)Complejo de turismo rural Cortijo del Cura (Polopos).

d)Centro de vigilancia y estudio de la posidonia oceánica en Los Yesos (Sorvilán).

e)Centro de interpretación de la zona minera en Lagos (Vélez de Benaudalla).

 

El Parlamento de Andalucía, en el debate del POTA, aprobó la Resolución nº 26, que dice:

 El Parlamento de Andalucía insta al Consejo de Gobierno a:- Incluir las laderas de cultivos subtropicales de la costa granadino-malagueña como unidad paisajística prioritaria en tanto que es identificativa de esta comarca y de la rica diversidad climática y agronómica de Andalucía.

 

En el Plan Subregional se clasifica toda la Vega del Río Verde de Almuñécar como Zona de Protección Paisajística. Actualmente, esta zona está dentro del Plan de Protección del Medio Físico de Granada AG-10, y figura como zona de protección de cultivos.

 

La Vega del Río Verde es una Zona inundable, y según la Consejería de Medio Ambiente, será preciso establecer como Suelo No Urbanizable Protegido las zonas comprendidas dentro de las previsiones de avenidas con retorno de 100 años.

 

Igualmente, destaca la presencia del camaleón común, especie muy escasa en la península, siendo estas poblaciones de Almuñécar las únicas existentes en la provincia de Granada. En relación a esto, no podemos olvidar que la Consejería de Medio Ambiente, en el condicionado que elaboró para que se incorporase al PGOU de Almuñécar, incluía las siguientes consideraciones acerca del impacto que el PGOU previsto tendría en las vegas de Río Seco y Río Verde:

 -Destrucción de los hábitat en las vegas de los ríos Seco y Verde de las únicas poblaciones granadinas del camaleón común (Chamaeleo chameleon) .

-Alteración de las areas de campeo de chotacabras gris (Caprimulgus europaeus),  avetorillo común (Ixobrychus minutus) y aguilucho lagunero (Circus cyaneus) considerados como “vulnerables” y “en peligro de extinción” por el Libro Rojo de los Vertebrados Amenazados de Andalucía.

-Alteración y degradación en las laderas del río Verde de la comunidad mejor conservada  de Maytenus senegalensis del litoral granadino, con presencia de las especies amenazadas Cosentinia vellea y Polygala webbiana, constituyendo para esta última especie la única localidad conocida de Europa.

 

Según la Ley de Aguas, los usos próximos a los cauces naturales estarán sujetos en toda su extensión a una zona de servidumbre de 5 metros de anchura para uso público y a una zona de policía de 100 metros, lo que hace imposible la ubicación de un campo de Golf en Río Verde.

 

El proyecto de campo de golf de Río Verde incluido inicialmente en el PGOU de Almuñécar que está en fase de elaboración, contempla el pase a manos de la promotora de diversos pozos de agua que hoy se utilizan para riego y para consumo humano.

 

Hay en la vega de Río Verde una vía pecuaria denominada Cañada Real, aún sin deslindar, que se vería afectada por el campo de golf.

 

La construcción del campo de golf y las instalaciones anexas supondrá la pérdida de cuantiosos recursos productivos ligados a la agricultura de subtropicales en términos de riqueza económica y de empleos directos e inducidos, así como de valor de identidad social e imagen del territorio.

Este campo de golf supondrá el incremento del consumo de recursos básicos (agua y energía). No se garantiza suficientemente la aportación hídrica a través de agua procedente de depuradoras, echándose de menos unos datos que correlacionen consumo humano, cantidad depurada y metros cúbicos de agua necesarios mes a mes para el mantenimiento de estas infraestructuras.

Estos argumentos son los mismos que motivaron en su día la presentación de miles de alegaciones ciudadanas en contra del PGOU sexitano, y en especial, en contra de los campos de golf previstos.

 

A los miles de alegaciones ciudadanas se sumaron las alegaciones y protestas de diversos partidos políticos como IU, Los Verdes, el Partido Andalucista o el PSOE. Incluso el PP, en su aprobación inicial del PGOU, hizo constar su oposición al campo de golf de Río Verde hasta que no tuviera un favorable Estudio de Impacto Ambiental. Todos los que hasta el momento se han dado a conocer manifiestan como claramente destructivo el proyecto de campo de golf en esta zona.

 

También sindicatos como CGT y CCOO mostraron su oposición al campo de golf de Río Verde.

 

Incluso organizaciones agrarias como la COAG o la Comunidad de Regantes de Río Verde hicieron protestas y alegaciones contra esta propuesta.  En palabras de la COAG, esta propuesta ‘va a destruir un vergel como es la vega de Río Verde, con una alta riqueza paisajística, debido a la ocupación de terreno cultivado y a la demanda de agua, lo cual provocará el abandono de muchos regadíos.’ COAG añadía que si aumentamos las necesidades de agua en esas proporciones, provocará la escasez de este recurso y el encarecimiento del precio, afectando gravemente a los regadíos. Esta demanda hídrica también pondría en peligro los acuíferos de la zona, pudiendo incluso correr el riesgo de desabastecimiento de los pueblos limítrofes, ya que se verían afectadas sus reservas de agua.’

 

Por todo lo expuesto:

SOLICITO:

 

Que, teniendo por presentado este escrito, se sirva admitirlo y, en su virtud, tener por efectuadas alegaciones al PLAN SUBREGIONAL DE LA COSTA GRANADINA a fin de que, tras dar a las mismas la tramitación que resulte más ajustada a Derecho, proceda a la modificación del mismo eliminando el campo de golf de Río Verde del documento.

Fdo:

 

 

 

 

 

 

En Almuñécar, a ................. de marzo de 2010

2 comentarios

Morgan -

Si lo quieres imprimir en papel lo puedes dejar en la sede de IU en la calle Guadix (si no hay nadie, lo echas por debajo de la puerta).
Si lo quieres enviar en formato doc o pdf, escaneas la firma y la colocas en el documento y lo envias por correo electronico a: iualmu@hotmail.com
Salud
Morgan

fernando -

dónde hay que mandar este documento? gracias