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Almuñécar contra la corrupción

La Junta aprueba la expropiación temporal de viviendas vacías

Efe

El Consejo de Gobierno de la Junta de Andalucía ha aprobado este martes el decreto-ley sobre la función social de la vivienda, que aspira a convertirse en un "plan de choque" para frenar la "sangría social" de los desahucios, y que incluye sanciones de hasta 9.000 euros a bancos e inmobiliarias que no alquilen las viviendas vacías. "Por primera vez, un gobierno de España legisla desde la consideración de la vivienda como un derecho", ha destacado la consejera de Fomento y Vivienda, Elena Cortés (IU), en la rueda de prensa posterior al Consejo de Gobierno, en la que ha agregado: "Con este decreto hacemos justicia, llegamos a la raíz del problema".

En Andalucía hay alrededor de 700.000 viviendas desocupadas, de las que entre 350.000 y 500.000 pertenecen a personas jurídicas, y desde 2007 se han producido unos 86.000 desahucios, según ha destacado la consejera, que ha enfatizado: "Hoy, en Andalucía, decimos ¡basta! y defendemos la vivienda como un derecho humano". El decreto-ley incluye una disposición que posibilitará a la Junta expropiar temporalmente, durante un periodo máximo de tres años, el uso de inmuebles inmersos en procedimientos de desahucio, con lo que se pretende garantizar el derecho a la vivienda de aquellas personas con especiales circunstancias de emergencia social que se vean afectadas por procesos de ejecución hipotecaria. El decreto-ley, que se publicará el jueves en el BOJA y posteriormente será tramitado en el Parlamento como proyecto de ley, refuerza las ayudas al alquiler, que se detallarán en el futuro Plan Andaluz de Vivienda y estarán dirigidas a las personas físicas propietarias de inmuebles vacíos, a quienes además se incentivará con medidas fiscales y un seguro contra impagos y desperfectos.

En cuanto al régimen disciplinario, la nueva norma incluye un sistema de sanciones leves, graves y muy graves para las personas jurídicas, bancos, inmobiliarias o entidades de gestión patrimonial que no destinen al arrendamiento su reserva residencial. "Hemos exprimido las competencias al máximo para cumplir el compromiso de que Andalucía sea ’insumisa’ a los desahucios y, modestamente, creo que algo hemos conseguido", ha destacado Cortés. Se considerará infracción muy grave no dar uso de habitación a un inmueble o arrendar, transmitir o ceder su uso con destino a vivienda sin cumplir las condiciones de seguridad establecidas por ley, casos en los que la penalización puede alcanzar los 9.000 euros, y cuya recaudación se destinará al patrimonio público de suelo de la Junta.

Para declarar como vacía una vivienda será necesario acreditar durante un periodo de seis meses la no habitabilidad, y la nueva regulación establece la creación de un Registro de Viviendas Deshabitadas como instrumento de control, al tiempo que dispondrá de un plan de inspección que, con una vigencia de dos años, fijará los criterios para priorizar la actuación de la Junta en este ámbito. Respecto a la expropiación temporal será de aplicación en procedimientos de desalojo instados por los bancos y sus filiales inmobiliarias o entidades de gestión de activos, y las entidades afectadas por la expropiación recibirán a cambio el 2% del justiprecio, que es lo previsto en la Ley de Expropiaciones.

Entre los requisitos que se fijan para aplicar esta medida excepcional destacan que el afectado tenga en la vivienda objeto del procedimiento hipotecario la residencia habitual y permanente, que la finalidad del préstamo sea el pago de la casa; que el desalojo pueda generar una situación de exclusión social y que las condiciones económicas de los afectados suponga un importante menoscabo y una situación de endeudamiento sobrevenido. Según la consejera, con esta nueva regulación Andalucía avanza "hacia un horizonte más justo, en el que las víctimas de la crisis ven como su gobierno autonómico ofrece respuestas". "La actual situación no es soportable desde un punto de vista ético", ha enfatizado la consejera, que se ha mostrado convencida de que la solución al problema del derecho a la vivienda "no va a venir por la construcción de más vivienda".

Preguntada sobre si ha habido "dificultades" con los socios del PSOE, para sacar adelante el decreto, la consejera ha dicho que los cambios profundos "siempre generan dificultades", pero ha recalcado que el decreto aprobado es "el que esta consejera esperaba". Ha subrayado que la nueva norma cuenta con "garantía jurídica plena como la luna llena", y ha confiado en la paralización "inmediata" de los desahucios por parte del Gobierno central y de "las dos leyes que han provocado esta injusticia social".

8 comentarios

Paula -

Veo que los defensores de la propiedad, los que pasan de las familias desahuciadas, los que se escandalizan ante los escraches pero no pestañean cuando un niño de tres años va a la puta calle desahuciado, esos están inundando con comentarios en contra de IU. Perfecto. Eso significa que lo hemos hecho MUY BIEN. Y así hay que seguir

manuel -

Mas claro imposible, lo dicho antes eso que presentas es una comunicación de desahucio como obliga la ley. Pero la consejeria no va a los tribunales a reclamar la vivienda y no solicita el lanzamiento.Asi que sigue rebuscando a ver si encuentras algo mejo. Salud

Anónimo -

"Mediante el presente anuncio, de conformidad con lo establecido en el art. 59 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, en su redacción dada por la Ley 4/1999, de 13 de enero, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, se comunica que se ha abierto expediente de desahucio administrativo contra David Gerez Veneroso, DAD-CA-VPA-2012-0048, sobre la vivienda protegida en alquiler propiedad de EPSA, perteneciente al grupo CA-4514 cuenta 93, finca 36327, sita en C/ William Shakespeare, núm. 3 3 3 2.º A, de Jerez de la Frontera (Cádiz), se ha dictado acuerdo de inicio y pliego de cargos de 5 de octubre de 2012, resolución del Gerente Provincial de Cádiz de la Empresa Pública de Suelo de Andalucía, donde se le imputa la causa de resolución contractual y desahucio conforme a la normativa VPO vigente en nuestra Comunidad:

- Falta de pago de las rentas, causa de desahucio administrativo prevista en el artículo 15, apartado 2, letra a), de la Ley 13/2005, de 11 de noviembre."

LO CUALO??????

Anónimo -

QUIÉN DIRIGE LA "EMPRESA PÚBLICA DE SUELO DE ANDALUCÍA", QUERIDO INFORMADOR??

manuel -

No hay mayor hipocresia que la mentira informate primero y luego hablas elena no aprueba ningun desahucio si no que la justicia obliga a publicar dichos desahucios en el boja.

Anónimo -

¿¿MENTIR??

LOS DESHAUCIOS DEL BOJA ¿¿QUIEN LOS FIRMA??

HIPÓCRITAAAAAAAAAA

manuel -

Para ese que se oculta en anonimo esta es la primera medida en 30 años contra los desahucios y que consagra el derecho a la vivienda. Aqui los unicos que no han hecho nada fueron los sucesivos gobiernos del pp y el psoe. El psoe fue mas lejos y puso una ley de desahucio expres y para colmo acabo pactando con el pp una violacion a la constitucion sin referemdun previo por el deficit cero y como primera priorida pagar a la banca antes que las personas. Asi que no mientas e insultes, argumenta si puedes y si no dedicate a otra cosa.

Anónimo -

MENUDA PÁJARA ESTA TAL CORTÉS, DESAHUCIANDO FAMILIAS:

- http://www.juntadeandalucia.es/boja/2013/14/78

- http://www.juntadeandalucia.es/boja/2013/17/51

- http://www.juntadeandalucia.es/boja/2013/17/52

- http://www.juntadeandalucia.es/boja/2013/17/53

- http://www.juntadeandalucia.es/boja/2013/17/54

- http://www.juntadeandalucia.es/boja/2013/17/58

- http://www.juntadeandalucia.es/boja/2013/17/60

- http://www.juntadeandalucia.es/boja/2013/17/61

- http://www.juntadeandalucia.es/boja/2013/17/63

- http://www.juntadeandalucia.es/boja/2013/17/65

- http://www.juntadeandalucia.es/boja/2013/17/72

- http://www.juntadeandalucia.es/boja/2013/17/73

- http://www.juntadeandalucia.es/boja/2013/19/55

- http://www.juntadeandalucia.es/boja/2013/19/55

- http://www.juntadeandalucia.es/boja/2013/35/76

- http://www.juntadeandalucia.es/boja/2013/38/25

- http://www.juntadeandalucia.es/boja/2013/46/110