IZQUIERDA UNIDA PEDIRÁ AL PLENO QUE SE CUMPLA LA NORMATIVA DE RUIDOS EN SALOBREÑA
Angel Coello Infantes, portavoz del Grupo Municipal de Izquierda Unida LV-CA en el Ayuntamiento de Salobreña, ha dado a conocer en contenido de la moción que presentarán al próximo Pleno de la Villa. La moción exige que el ayuntamiento ponga las medidas necesarias para garantizar los incuestionables derechos de los ciudadanos, y al tiempo establecer parámetros de calidad ambiental, que mejorarían la convivencia y una oferta turística de mayor calidad.
“Es de tal gravedad y urgencia la intervención pública en este sentido, que sin hacer complicados estudios y complejos diagnósticos, nos atrevemos si este Equipo de Gobierno lo viera conveniente a establecer una Mapa de Ruidos improvisado, tomando como referencia las zonas donde residimos habitualmente l@s salobreñer@s, y excluyendo las zonas turísticas afectadas por veraneantes, cuyas pautas y horarios de descanso varían”. Las causas más generales del problema de contaminación acústica son:
• Ruidos de los escapes de motocicletas
• Ruidos de los equipos de música de los vehículos. Tipificados como escándalo público y no imputables a los vehículos.
• Terrazas de bares y restaurantes en altas horas nocturnas.
• Peleas nocturnas y reyertas en las vías públicas, principalmente los viernes, sábados y festivos.
Para intervenir ante estos problemas este Ayuntamiento tiene normativa y cobertura legal suficiente, “lo que hace falta saber, es si tiene una verdadera voluntad política para resolverlos” detalla la argumentación de la moción.
• Para los ruidos producidos por los escapes de motocicletas y vehículos a motor, el Ayuntamiento de Salobreña, cuenta con una Ordenanza específica (la cual está guardada en un cajón y a expensas de ajustarse al decreto 326, tal y como establece en su Art. 5.) Ordenanzas Municipales) Esta ordenanza está reforzada con el Decreto 326/2003 de 25 de Noviembre de la Consejería de Medio Ambiente de la Junta de Andalucía, que entre otras cuestiones determina que: “A juicio del agente municipal y cuando estime que el ruido excede de lo asumible, este podrá inmovilizar la motocicleta”. No obstante este decreto regula en la Tabla I, los límites máximos de emisión de ruido por motocicletas y ciclomotores. Hace aproximadamente tres años que no se realizan controles de ruidos a las motocicletas”.
• Para los ruidos producidos en las terrazas de bares y restaurantes, además del horario límite nocturno, establecido en la concesión de ocupación de vía pública por el Ayuntamiento, en el anexo del Decreto de la Junta de Andalucía 326, se establecen medidas de control y horarios para los mismos. Así mismo la Orden de 25 de marzo/2002 de la Consejería de Gobernación, regula los horarios de apertura y cierre de los establecimientos de la Comunidad Autónoma de Andalucía en su Art. 2. Régimen general de horarios.
• Para los ruidos de los equipos de música instalados en vehículos, peleas y escándalos públicos, la policía local tiene normativa más que suficiente para controlar la alteración del orden público, “pero lógicamente se hace necesario la presencia de estos en las vías públicas, o la inmediata respuesta ante los requerimientos por parte de l@s ciudadan@s.
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