La avaricia de Passolas arrastra a un técnico del ayuntamiento
Quizá la persona que más se resiste al urbanismo salvaje de Almuñécar sea esta que ha pagado con su inhabilitación. El arquitecto municipal, señor Passolas, se empeñó en construirse en Cotobro una mansión acorde con su poderío económico pero no acorde con las normas urbanísticas. Esas normas están para los mindunguis, no para los poderosos. Consiguió la licencia de primera ocupación gracias al informe favorable del arquitecto técnico, Gerardo Villén.
Hoy, los tribunales han decidido que ese informe de Gerardo no debió haberse emitido porque no era correcto al pretender amparar la construcción ilegal del señor Passolas. Quizá se pueda pensar que pagan justos por pecadores. Y quizá se pueda extraer alguna conclusión en positivo: los funcionarios municipales no tienen entre sus obligaciones la de callar, amparar y ser cómplices de las ilegalidades que se cometen por acción y por omisión.
La historia se remonta a mayo de 2000, año en que Francisca Cantal Sánchez, esposa del arquitecto municipal, Jefe del Servicio de Urbanismo del Ayuntamiento, solicita licencia de obras para la ejecución de una vivienda unifamiliar aislada en la Calle El Olivo, de Cotobro, siendo concedida en fecha 20 de septiembre de 2000.
Una vez finalizada la obra , el aparejador municipal, hoy condenado, emitió con fecha 23 de septiembre de 2002 informe favorable al otorgamiento de licencia de primera ocupación, precisando que “ No existe inconveniente para la concesión de la licencia de 1ª ocupación que se solicita. La licencia se concedió por Decreto del Sr. Alcalde de la misma fecha.
La construcción promovida por el encargado de vigilar el cumplimiento de la normativa, el señor Rodríguez Passolas, no se ajustaba a las normas de la Ordenanza R.E.XII y fue denunciada por la Fiscalía. Entre otros incumplimientos, la obra excede del número de plantas permitidas, incumple el máximo permitido de altura y excede del máximo permitido de edificabilidad. Es decir, lo incumple todo.
Por iniciativa de la Fiscalía, los agentes del SEPRONA de la Guardia Civil visitaron la obra y constataron las irregularidades y excesos que se cometen, señalando ’en cuanto a superficie ocupada de parcela, altura de la vivienda, acabado impropio del muro del sótano al que se le da tratamiento de fachada y una altura por encima de lo permitido, así como la torreta con una ocupación sobre planta que supera en más del 10% del máximo permitido estando el mismo alineado con la planta inferior sin respetar los retranqueos legalmente establecidos... ’
La sentencia condena al arquitecto técnico por que informó favorablemente a la concesión de las licencias necesarias para la construcción de dicha obra y para su ocupación, llegando así con la concesión de estas licencias e informes favorables a lesionar el normal funcionamiento de la Administración Pública, al emitirse por el imputado informes de forma arbitraria y dolosa con un claro incumplimiento de la normativa urbanística vigente.
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