EL PGOU DE SALOBREÑA NO IRÁ A NINGUNA PARTE
Ecologistas en Acción
No es necesario, está totalmente sobredimendionado, supondría la destrucción de la vega y se olvida totalmente de los valore ambientales
No se comprende la urgencia y necesidad de revisar un plan cuando quedan sin desarrollar, urbanizar y construir más de tres millones de metros cuadrados de suelo urbano del anterior plan, en un municipio de 12.000 habitantes, lo que supone unos 250 m2 por habitante. Además no se entiende la demanda de suelo con un crecimiento demográfico casi estancado, con una crisis de ventas total y donde no se ha presentado prácticamente ninguna licencia de obra nueva en el Ayuntamiento durante el pasado año.
Resulta alarmante que se contemple la Vega como la zona de expansión de suelo residencial, ya que además de estar protegida como paisaje agrario por el P.E.P.M.F de la provincia de Granada (AG-13), presenta los mayores índices de riesgo sísmico y de inundación del municipio.
En el estudio donde habla de las características de los suelos, se considera Desfavorable o muy desfavorable la edificación en suelos aluviales, sin embargo son estas áreas las que más presión urbanística van a recibir según el planeamiento propuesto.
La ordenación del Sector SUe.S-TH2, en la playa de la Cagadilla, provocará una amplia degradación en esta área litoral, pues además de incluir la dotación hotelera, está previsto la construcción de un nuevo vial que se uniría al ya existente que en su día provocó la desaparición del humedal existente, junto a la desembocadura del río Guadalfeo y con una clara invasión del Dominio Publico Marítimo-Terrestre. Este humedal estaba amparado y protegido por la Directiva Europea 92/43 de Hábitats de Interés Comunitario. En la ficha urbanística del sector SUe.S-TH2, no se recoge el especial valor ambiental, tampoco se hace incidencia en la necesidad de la protección, recuperación y rehabilitación de los humedales existentes en el sector, con carácter previo a la planificación y ordenación del sector.
No se ha establecido, ni informado, el riesgo de erosión del litoral en la Memoria de Información, Análisis y Diagnóstico. Se aporta muy poca información sobre la dinámica costera de las playas. Evidentemente el no disponer de información fiable sobre la evolución previsible del litoral, hace impensable una planificación del litoral, especialmente en la Playa de la Cagadilla y para el puerto propuesto en La Caleta, ya que se hace imprescindible realizar estudios de corrientes y de dinámica litoral.
La propuesta de emisión submarina de aguas fecales y el incremento de las mismas en las nuevas zonas, va en contra de lo establecido en la Directiva Europea 91/271, de 21 de Mayo de 1.991, sobre el Tratamiento de las Aguas Residuales Urbanas.
Hay un grave incumplimiento del Reglamento de Evaluación de Impacto Ambiental, sobre todo en los capítulos de geología, fauna y flora, cuyos contenidos son especialmente ridículos.
Las vías pecuarias, sobre todo la Colada de la Costa, cambian su trazado con cada nuevo PGOU, para adaptarse a las urbanizaciones que, con licencia o sin ella, se la están comiendo.
La recalificación del TH1 en el PGOU vigente, se realizó a duras penas y con unos condicionandos de Medio Ambiente y Cultura, que se han obviado totalmente en este Plan. Se condicionaba dicha recalificación a que las zonas del Tajo quedasen en el futuro y para siempre como zonas verdes y de protección especial paisajística, ya que la misma Junta reconoció que las vistas del Tajo y el Castillo desde la carretera Nacional 340 constituyen uno de los paisajes excepcionales de Andalucía, por lo que no se comprende que ahora se declaren urbanos.
Los datos aportados para el estudio socioeconómico (tasas de paro y actividad, estructura del PIB, emigración-inmigración, etc...) están totalmente desfasados, siendo algunos de ellos del año 2001, obviando totalmente el cambio radical producido por la actual crisis económica. Por ejemplo, cuantifica el sector de la construcción como el 23% del PIB local, cuando en la actualidad no debe representar ni la décima parte de ésta cifra.
Hemos pedido al Ayuntamiento de Salobreña que declare no urbanizables las laderas occidentales por riesgo de deslizamiento y los márgenes del río Guadalfeo por riego de inundación, también hemos solicitado la inclusión como suelo No Urbanizable de Protección Especial Ecológica de la zona del Carrizal, y todas las áreas situadas entre la carretera nacional y el LIC de los fondos marinos de la Caleta - el Tesorillo, ya que el mismo PGOU reconoce como zonas no aptas para la construcción las pendientes de más del 30%.
También hemos pedido la paralización del procedimiento ante la existencia de graves deficiencias sustantivas, que impide la formulación de la declaración de Impacto y que pueden conducir a graves afecciones al medio natural, debido a la acumulación de errores, omisiones e inadecuación de procedimientos de evaluación en la redacción del Estudio de impacto Ambienta
Por último, vemos como ineludible la necesidad de la inclusión como suelo No Urbanizable de Protección Especial Ecológica, de las zonas del Tajo de los Vados- Cerrajón, Tajo del Gambullón- Caleta, Vega (AG-13) y Zonas Húmedas del Guadalfeo.
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