La Junta desmonta cada uno de los argumentos esgrimidos por el Gobierno para recurrir su decreto antidesahucios ante el Constitucional.
Andalucía recuerda que expropiar a bancos es más social que hacerlo para construir campos de golf
Fue una iniciativa revolucionaria. En plena polémica surgida a raíz del incesante repunte del drama de los desahucios, y después de que miles de familias se quedaran sin su vivienda por no poder pagarla tras perder sus empleos por el estallido de la crisis, la Junta de Andalucía aprobaba un texto normativo con el que pretendía garantizar un techo para todos los ciudadanos arremetiendo para ello contra algunas de las decisiones que hoy están en manos de las entidades financieras.
El decreto-Ley 6/2013 de 9 de abril (ver texto íntegro) , que hoy sigue en vigor y que enfatiza en la función social de la vivienda,contempla incluso la expropiación temporal a los bancos en los casos en los que las familias que no puedan afrontar el pago de sus hipotecas tengan un riesgo de exclusión social, si efectivamente son desahuciadas. La norma también incluye un sistema de sanciones leves, graves y muy graves para las personas jurídicas, bancos, inmobiliarias o entidades de gestión patrimonial que no destinen al arrendamiento su reserva residencial.
Pero la medida estrella de la consejera de vivienda de la Junta, Elena Cortés, una de las integrantes del Gobierno de José Antonio Griñán propuesta por Izquierda Unida, se ha encontrado de frente con la oposición de diferentes instituciones, incluído el Gobierno central. El pasado viernes, el Consejo de Ministros anunciaba la intención del Ejecutivo de presentar un recurso de inconstitucionalidad contra el mencionado decreto.
Desde la Junta insisten, en cambio, en que su texto se ajusta perfectamente a la ley. "No hay ninguna base jurídica en el recurso del Gobierno. Es todo un disparate", enfatiza la secretaria general de Vivienda, Amanda Meyer. El Ejecutivo autonómico desmonta cada uno de los argumentos esgrimidos por el equipo de Mariano Rajoy en la referencia del Consejo de Ministros del pasado viernes. El texto definitivo aún no se ha presentado ante el Tribunal Constitucional, a la espera del informe solicitado al Consejo de Estado. La defensa de la Junta de Andalucía se resume en los siguientes puntos:
1. El conflicto de competencias
La Junta niega que el derecho de propiedad sea una competencia estatal como argumenta el Gobierno a la hora de justificar su recurso ante el TC, y cita dos sentencias de este tribunal al respecto. Una, la 37/1987 (ver PDF) , que "establece que la función social forma parte del contenido esencial del derecho de propiedad" y al que "se puede establecer límites mediante leyes estatales o autonómicas". Y otra, la 61/1997 (ver PDF), que "establece que el Gobierno no puede fijar una legislación uniforme de la propiedad privada y su función social".
2. El principio de culpabilidad
Según el Gobierno, las sanciones a bancos o entidades que tengan viviendas vacías "establece responsabilidades al margen del principio de culpabilidad". Pero citando hasta tres sentencias del Tribunal Supremo, la Consejería de Vivienda considera que "el principio de culpabilidad está implícito y es consustancial al derecho sancionador sin necesidad de que así sea recogido en la norma", en este caso, el decreto antidesahucios de la Junta.
3. Las expropiaciones
El Ejecutivo que preside Mariano Rajoy considera que la norma andaluza comporta "una discriminación arbitraria" al contemplar expropiaciones que afectan únicamente a "entidades financieras, sus filiales inmobiliarias o entidades de gestión de activos". Pero desde la Junta insisten en que la limitación responde "precisamente a un ánimo garantista" y recuerdan que la expropiación "es una práctica común de las administraciones que a diario expropian "para hacer carreteras, metros o incluso campos de golf" justificándolo en el interés social, como hace el decreto antidesahucios.
4. El amparo de la Carta Magna
Las fuentes del Gobierno autonómico consultadas por este diario recalcan, además, que su normativa está amparada por numerosos preceptos de la Carta Magna. Citan por ejemplo el artículo 33 de la misma, que dice que "la propiedad tiene una función social", o el 40, que señala que "los poderes públicos promoverán una distribución de la renta más equitativa. Mencionan, asimismo, el artículo 47 que dice que "los españoles tienen derecho a una vivienda digna y adecuada", y el 28, que establece que "toda la riqueza del país está sujeta al interés general".
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