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Almuñécar contra la corrupción

Abierto el plazo de solicitud de bonificación del IBI para familias numerosas de Almuñécar

El trámite debe realizarse anualmente por las familias que cumplan los requisitos y puede realizarse hasta el día 28 de febrero.

Las familias interesadas en esta bonificación tienen que poseer la condición de "familia numerosa" desde el 1 de enero del año en curso y acreditar que el inmueble para el que se solicita la bonificación constituye el domicilio habitual de todos los miembros. Es muy importante recordar que las bonificaciones tienen que solicitarse todos los años y que la solicitud, que también puede descargarse de la web del Ayuntamiento de Almuñécar, ha de presentarse en la Oficina de Atención al Ciudadano.

El solicitante tiene que tener la condición de sujeto pasivo de tal impuesto, así como que los miembros de la unidad familiar estén al corriente en la hacienda municipal, que el computo total de ingresos familiares no supere en 4,5 veces el salario mínimo interprofesional anual y que la suma de todos los valores catastrales de los inmuebles de la unidad familiar, no superen los 80.000 euros.

En cuanto a la documentación que se debe aportar a la hora de realizar el trámite de solicitud, los interesados deben acompañar fotocopia de la Declaración de la Renta de 2013 o bien Certificado de la Agencia Tributaria de no haber estado obligado a presentarla, fotocopia del título de familia numerosa de la Junta de Andalucía (fotocopia de todas las tarjetas) y por último fotocopia del último recibo del IBI.

Las bonificaciones, dependiendo del valor catastral del inmueble, pueden alcanzar entre el 20 y el 40 % para las familias de categoría general y, entre el 30 y el 50 por ciento del impuesto para familias numerosas de la categoría especial. Es decir, dependiendo del valor catastral.

Ingresos: 40.653,90 €

Valor catastral vivienda habitual: 45.000 €

Valor catastral todas las propiedades: 80.000 €

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