Bases para la creación de una Bolsa Municipal de conserjes
En este enlace podrás consultar las bases y plazos de presentación de solicitudes:
http://www.almunecar.info/portalAlmunecar/RecursosWeb/DOCUMENTOS/1/0_6627_1.pdf
En este enlace podrás consultar las bases y plazos de presentación de solicitudes:
http://www.almunecar.info/portalAlmunecar/RecursosWeb/DOCUMENTOS/1/0_6627_1.pdf




Adjudicación de quiosco de obra nueva destinado a churrería en C/Mariana Pineda y Calle Tetuán.
El canon mínimo de licitación se establece en 1.083,60 euros anuales. El plazo de ejecución del contrato será de cuatro años.
Adjudicación de cafetería – bar en Plaza del Acuario.
El canon mínimo de licitación se establece en 10.092,48 euros anuales. El plazo de ejecución del contrato será de dos años.
Adjudicación de las instalaciones que componen el complejo turístico municipal de Peña Escrita.
El canon mínimo de licitación se establece en 0,00 euros anuales. Hay que ver ls condiciones de esa concesión en el Pliego de Cláusulas Administrativas y el Pliego Técnico. El plazo de ejecución del contrato será de dos años.
Podéis consultar los pliegos de condiciones en el local del grupo municipal de IU



El plazo de solicitud comenzó el día 15 y finaliza el sábado 24 de enero. En este enlace podrás ver las bases que regirán la convocatoria para la provisión por informadores/as turísticos cuando sea preciso cubrir las mismas en los casos excepcionales y necesidades urgentes e inaplazables que se puedan producir en los centros de información turística del ayuntamiento de Almuñécar.
http://www.almunecar.info/portalAlmunecar/RecursosWeb/DOCUMENTOS/1/0_6391_1.pdf
Grecia es el ejemplo más claro de las consecuencias que supone abandonar la gestión de la vida política en manos de los poderes económicos. La imposición de entidades no democráticas como el Banco Central Europeo o el FMI para solucionar un problema que los mismos poderes económicos han creado, constituye un paso atrás en el concepto más amplio de democracia, ése que garantizaba que la decisión de los ciudadanos fuera el más sagrado contrato dentro de las sociedades europeas.
Por contra, este país que ha sufrido una estafa financiera al más alto nivel, en vez de castigar a los culpables del desastre económico recibe una ración doble de las políticas de recortes que pretenden devolver lo perdido especulativamente por medio del expolio directo a su población.
Hoy Grecia es un país hundido por las recetas de los padrinos del desastre: un lugar donde la miseria, el hambre, las necesidades, el desempleo, las carencias o la inseguridad social, laboral y medioambiental se unen a la pérdida total de la capacidad de decidir soberanamente sobre las políticas económicas o sociales. Las elecciones convocadas para 2015 son una oportunidad histórica para empezar a devolver la economía a las manos del pueblo griego, de donde nunca debió salir.
Lamentablemente asistimos con preocupación a la puesta en marcha de campañas que pretenden condicionar la libre decisión de los ciudadanos griegos ante la sola posibilidad de la victoria de partidos que cuestionan la deriva antidemocrática impuesta por las instituciones económicas internacionales y por la Comisión Europea.
Los firmantes, cargos públicos de diferentes formaciones, manifestamos nuestra exigencia de preservar la libre elección del pueblo griego y mostramos nuestro rechazo más firme a las campañas de miedo que desde los grandes medios de comunicación o desde instituciones internacionales se lanzan estos días para condicionar el voto.
Instamos a las instituciones europeas a velar por el buen funcionamiento de las elecciones y a impedir cualquier intento de limitar y/o condicionar la libre designación que tome en conciencia el pueblo griego. Pensamos que la victoria de Syriza puede suponer el punto de partida para abandonar la senda que destruye las economías, el medioambiente y el bienestar de los pueblos en el altar de la especulación financiera. Se asegurarán de que, más allá del 25 de enero, se respeten las decisiones soberanas del pueblo griego.
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El trámite debe realizarse anualmente por las familias que cumplan los requisitos y puede realizarse hasta el día 28 de febrero.
Las familias interesadas en esta bonificación tienen que poseer la condición de "familia numerosa" desde el 1 de enero del año en curso y acreditar que el inmueble para el que se solicita la bonificación constituye el domicilio habitual de todos los miembros. Es muy importante recordar que las bonificaciones tienen que solicitarse todos los años y que la solicitud, que también puede descargarse de la web del Ayuntamiento de Almuñécar, ha de presentarse en la Oficina de Atención al Ciudadano.
El solicitante tiene que tener la condición de sujeto pasivo de tal impuesto, así como que los miembros de la unidad familiar estén al corriente en la hacienda municipal, que el computo total de ingresos familiares no supere en 4,5 veces el salario mínimo interprofesional anual y que la suma de todos los valores catastrales de los inmuebles de la unidad familiar, no superen los 80.000 euros.
En cuanto a la documentación que se debe aportar a la hora de realizar el trámite de solicitud, los interesados deben acompañar fotocopia de la Declaración de la Renta de 2013 o bien Certificado de la Agencia Tributaria de no haber estado obligado a presentarla, fotocopia del título de familia numerosa de la Junta de Andalucía (fotocopia de todas las tarjetas) y por último fotocopia del último recibo del IBI.
Las bonificaciones, dependiendo del valor catastral del inmueble, pueden alcanzar entre el 20 y el 40 % para las familias de categoría general y, entre el 30 y el 50 por ciento del impuesto para familias numerosas de la categoría especial. Es decir, dependiendo del valor catastral.
Ingresos: 40.653,90 €
Valor catastral vivienda habitual: 45.000 €
Valor catastral todas las propiedades: 80.000 €

Podrán ser beneficiarias de las ayudas las personas en especiales circunstancias de emergencia social debido a alguno de los siguientes supuestos:
a) Haber sufrido una ejecución hipotecaria o de cualquier otra garantía sobre su vivienda habitual.
b) Encontrarse su vivienda habitual incursa en un procedimiento de ejecución para responder de un aval o garantía prestado en orden a garantizar alguno de los siguientes: un crédito hipotecario o préstamo concedido para hacer frente al desempeño de su actividad profesional de personas dadas de alta en la Seguridad Social como trabajadoras por cuenta propia.
c) Que se hayan visto obligadas a ofrecer su vivienda habitual en pago por alguna de las causas expresadas en los apartados anteriores, sin que sea necesario la existencia de un procedimiento de ejecución o apremio.