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EXPOSICIÓN DE MOTIVOS:
La L.O. 3/2006 de 3 de mayo de Educación contempla en su art. 83 el establecimiento de becas y ayudas al estudio para garantizar la igualdad en el ejercicio del derecho a la educación de los estudiantes.
El art. 28 de la Ley 7/1985 de 2 de abril reguladora de las Bases de Régimen Local establece: “Los Municipios pueden realizar actividades complementarias de las propias de otras Administraciones públicas y, en particular, las relativas a la educación, la cultura, la promoción de la mujer, la vivienda, la sanidad, y la protección del medio ambiente”.
Con ocasión de la aplicación de la nueva normativa estatal que rige la concesión de becas, hay alumnos de esta localidad que recibían ayuda económica para la matrícula universitaria el curso anterior y este curso no han resultado perceptores de ninguna compensación económica por este concepto.
La corporación considera conveniente para los intereses municipales colaborar con estos alumnos para facilitarles el seguir cursando sus estudios universitarios.
1. OBJETO Y FINALIDAD
Es objeto de la presente convocatoria la concesión de ayudas, en régimen de concurrencia competitiva, para contribuir al coste de la matrícula para alumnos y alumnas matriculados en el curso 2013/2014 en enseñanzas universitarias y empadronados en el término municipal de Almuñécar, que cumplan con los requisitos establecidos en las presentes bases reguladoras.
2. DOTACIÓN PRESUPUESTARIA Y CUANTÍA DE LA AYUDA
Estas ayudas se abonarán con cargo a una nueva partida denominada Ayuda matrícula Universidad 32400 48002 del Presupuesto General de la Corporación para 2014 por un importe de cincuenta mil euros.
La cuantía de estas ayudas será del 100% del importe de la matrícula del beneficiario, y se abonará mediante transferencia bancaria. Una vez cobrada la ayuda, el beneficiario tendrá la obligación de presentar el comprobante de haber abonado la matrícula universitaria. El plazo de presentación de la justificación será de un mes a partir del día en el que se le haga la transferencia.
3. REQUISITOS DE LOS BENEFICIARIOS
Podrán solicitar las ayudas objeto de esta convocatoria los alumnos en quienes concurran las siguientes circunstancias:
a) Estar empadronados en el municipio de Almuñécar, con una antigüedad mínima de doce meses anteriores al momento de presentación de la solicitud.
b) Estar cursando estudios universitarios.
c) Que el nivel de renta de la unidad familiar a la que pertenecen esté en los niveles establecidos en la base 6 de la presente convocatoria.
d) Haber sido beneficiario de ayuda para el pago de matrícula en el curso 2012/2013 y no haber resultado beneficiario de la misma para el curso 2013/2014 a pesar de mantener los requisitos académicos y económicos que le hubieran permitido recibir beca del MEC de no haberse variado los criterios.
4. PRESENTACIÓN DE SOLICITUDES
La presentación de las solicitudes supone la aceptación expresa por parte de los solicitantes de lo establecido en estas bases.
La falsedad o la omisión de documentación en la aportación de algunos de los datos en los documentos requeridos implicará la revocación inmediata de la subvención, sin perjuicio de que se inicien aquellas otras medidas legales que se estimen oportunas.
La presentación de la solicitud implicará, igualmente, la autorización al Ayuntamiento de Almuñécar por parte de todos los miembros de la unidad familiar mayores de edad, para obtener los datos necesarios de la Agencia Estatal de la Administración Tributaria para determinar la renta a efectos de concesión de la ayuda, en el marco de colaboración establecido; así como para la comprobación del Padrón municipal de habitantes.
4.1. Plazo y lugar
El plazo para la presentación de solicitudes será de 30 días a contar desde la inserción del anuncio en el Boletín Oficial de la Provincia de Granada.
4.2. Documentación necesaria
Las solicitudes se acompañarán de la siguiente documentación:
5. PROCEDIMIENTO Y PLAZOS
Una vez finalizado el plazo de presentación de solicitudes se comunicará en el plazo de 10 días naturales, a través de Anuncio publicado en el Tablón de Edictos, el listado provisional de solicitudes admitidas, denegadas y con falta de documentación requerida en la presente convocatoria. Los solicitantes a los que se les requiera alguna documentación, deberán presentarla en los lugares establecidos en el artículo 38.4 de la Ley 30/1992 de 26 de noviembre de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y Procedimiento Administrativo Común, teniendo como plazo para la presentación de solicitudes 3 días hábiles contando a partir del día siguiente a la publicación del Anuncio.
Transcurrido el plazo de subsanaciones se elevará a definitiva la lista de beneficiarios en función de los criterios de prioridad establecidos, junto a las solicitudes denegadas con los motivos de la denegación, y las solicitudes que se consideren desistidas, publicándose la misma, a efectos de publicación en el Tablón de Edictos de este Ayuntamiento, en el departamento Educación a efectos de notificación.
El plazo máximo para resolver la convocatoria será de 15 días hábiles a partir de la finalización del plazo de presentación de solicitudes. A partir de la publicación del listado habrá un mes para presentar reclamación.
6. VALORACIÓN DE LAS SOLICITUDES
Las solicitudes serán valoradas por la Comisión informativa de Hacienda. En el caso de que la totalidad de las Ayudas solicitadas no puedan ser atendidas al ser los fondos insuficientes, se aplicará a las solicitudes de ayudas el siguiente baremo:
INGRESOS MIEMBRO/AÑO
CUANTÍA AYUDA PARA ESTUDIOS UNIVERSITARIOS
- Hasta 8.000 € - 100% tasas matrícula.
- Desde 8.001 a 10.000 € - 75 % tasas matrícula.
- Desde 10.001 € a 15.000 € - 50% tasas matrícula .
- Desde 15.001 € a 20.000 € - 20% tasas matrícula.
- Más de 20.000 € - No se percibe ayuda
Se contabilizarán los ingresos de la unidad familiar divididos entre los miembros que la integran.
Se abonará, de ser posible, el 100% de la ayuda en el primer tramo hasta el límite de la consignación presupuestaria.
Respecto al segundo, tercero y cuarto tramo se abonará de ser posible el 75%, 50% y 20% respectivamente del total de las tasas de matrícula. En caso contrario y no siendo suficiente la cantidad disponible para realizar el pago, el mismo se repartirá proporcionalmente al porcentaje que resulte de dividir la cantidad disponible de dinero entre la cantidad pendiente de pago
7. JUSTIFICACION Y PAGO
El pago de las ayudas se realizará mediante transferencia bancaria.
Una vez se haya realizado el pago anticipado del importe de la ayuda se procederá a la presentación de la documentación justificativa del pago de la matrícula en el Ayuntamiento. Este plazo de presentación será de un mes a partir de la fecha en la que se realice la transferencia.
Todos aquellos beneficiarios que no aporten la citada documentación en el plazo establecido, deberán reintegrar la cuantía recibida por parte de esta Administración Local en concepto de ayuda para el pago de la matrícula universitaria.
8. INSPECCIÓN, CONTROL Y SEGUIMIENTO
El Ayuntamiento de Almuñécar se reserva el derecho de inspección, control y seguimiento de las ayudas concedidas, así como a pedir los justificantes que se consideren necesarios.
9. OBLIGACIONES DE LOS BENEFICIARIOS
Los beneficiarios de las ayudas están obligados a:
a) Presentar los impresos, documentos, declaraciones y justificaciones que se indican en las presentes bases el cumplimiento de los requisitos y condiciones para obtener la ayuda.
b) Someterse a las actuaciones de comprobación y seguimiento de la aplicación de la ayuda que, en su caso, estime pertinente este Ayuntamiento.
c) Comunicar al Ayuntamiento de Almuñécar la obtención de subvenciones o ayudas para la misma finalidad, procedentes de cualesquiera Administraciones Públicas o entidades públicas o privadas, así como cualquier alteración o modificación que se produzca en las circunstancias y requisitos exigidos para la concesión de la ayuda.
10. INCOMPATIBILIDAD CON OTRAS AYUDAS
Será incompatible la percepción de cualquier ayuda regulada en las presentes bases con la de otra beca o ayuda que para la misma finalidad se hubiera concedido al solicitante en relación al curso 2013/2014 con cargo a cualquier entidad pública o privada.
11. REVOCACIÓN DE LAS AYUDAS
Procederá la revocación de las Ayudas concedidas y la consiguiente obligación de reintegro en los siguientes supuestos:
a) La consignación dolosa en las solicitudes de datos inexactos, que distorsionen los supuestos motivadores que se hayan tenido en cuenta para la concesión de las Ayudas de que se trata.
b) La ocultación del disfrute de Ayudas que el beneficiario tenga concedidas por otras entidades u organismos para la misma finalidad.
c) La realización de estudios distintos de aquellos para los que la Ayuda fue solicitada.
d) La no justificación de la misma en los plazos establecidos.
12. RÉGIMEN JURÍDICO
El procedimiento para la concesión de estas ayudas se rige por lo dispuesto en las presentes Bases y en lo no previsto en ellas, se estará a lo dispuesto en la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones; el Real Decreto 887/2006, de 21 de julio, por el que se aprueba el Reglamento de la referida Ley; y por la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común y de más normativa vigente de general aplicación.
Todas aquellas cuestiones no previstas en las presentes bases y que pudieran surgir durante el desarrollo de la convocatoria, serán resueltas por la Alcaldía del Ayuntamiento de Almuñécar.
Expediente 161/2013 de contratación incoado para la adjudicación mediante procedimiento abierto de la concesión del Servicio de Explotación, mantenimiento y control de entrada del Parque del Bonsay, situado en Plaza de Marruecos.
El valor del canon mínimo de licitación asciende a la cantidad de 14.520 euros Anuales, además del ingreso por entradas al parque hasta un total de 8.244 euros.
Para más información, dirigirse al local del Grupo Municipal
1- Solicitante: Dª Valerie Denis en representación del Partido Popular Almuñécar-La Herradura, 2 Módulos. Caseta Pública.(Módulo 1-2)
2- Solicitante: D. Alberto García Gilabert en representación de la Cofradía Gloriosa Resurrección de Ntro. Sr. Jesucristo y Sta. María del Triunfo Reina de los Cielos, 2 Módulos. Caseta Pública.(Módulo 3-4)
3- Solicitante: D. Miguel Gómez Quirós en representación de la Cofradía de San Juan, 2 Módulos. Caseta Pública.(Módulo 5-6)
4- Solicitante: D. Julio Miguel Guidet Gómez en representación de la Hermandad Jesús del Gran Amor Despojado y Mª Stma. De la Salud, 2 Módulos. Caseta Pública. (Módulo 7-8)
5- Solicitante: D. José Antonio García Cabrera 1 Módulo. Caseta Privada. (Módulo 11)
6- Solicitante: D. Daniel Fernández Calvache en representación de la Asociación Juvenil Canda, 2 Módulos. Caseta Pública. (Módulo 9-10)
7- Solicitante: Dª Eva Gaitán Díaz en representación de Convergencia Andaluza, 2 Módulos. Caseta Pública. (Módulo 12-13)
8- Solicitante: D. Francisco Chacón Mcweeny en representación de la Asociación Cultural Sexitana de Arte Flamenco, 2 Módulos. Caseta Pública. (Módulo 14-15)
9- Solicitante: D. José Carlos Rodríguez Díaz en representación de la Cofradía Ntra. Sra. Virgen de los Dolores, 2 Módulos. Caseta Pública. (Módulo 16-17)
10- Solicitante: D. Fermín Tejero Mesa en representación de Izquierda Unida, 2 Módulos. Caseta Pública. (Módulo 18-19)
11- Solicitante: Dª Ascensión Ruiz Pozo en representación de PSOE Almuñécar-La Herradura, 2 Módulos. Caseta Pública. (Módulo 20-21)
12- Solicitante: D. Jesús Guidet Muñoz en representación de la Cofradía Ntra. Sra. De la Piedad, 1 Módulo. Caseta Pública.
Visto el expediente de referencia la Junta de Gobierno Local, por unanimidad de los asistentes acuerda:
-Aprobar la relación de solicitantes del 1 al 11 inclusive, y dar traslado al servicio de Rentas para la liquidación de las casetas privadas según punto 4.b del Pliego de Condiciones, quedando fuera de adjudicación el solicitante número 12 por falta de espacio en el recinto ferial.
Relación de barras que se instalarán en la 3ª Edición de la Feria de Día situada en la C/ Manuel Pintor Rivera durante los días 9,10 y 11 de agosto:
1.- Solicitante: Dª Raquel Martín Márquez, en representación de la Cafetería “ El Templo”.
2.- Solicitante: D. Luís Carlos Montes Díaz, en representación de la Asociación Cultural Cofrade “Los Estudiantes”.
3.- Solicitante: D. Juan Miguel Jerónimo Ruiz, en representación de la Cofradía del Santo Entierro.
4.- Solicitante: D. Antonio Díaz Aragón, en representación de la Hermandad Ntra. Sra. De la Antigua.
5.- Solicitante: D. José Miguel Fonollá del Castillo en representación de Manos Unidas
6.- Solicitante: Dª María Gracia Cabrera Pretel en representación de la Asociación Juvenil Andalucía Baila.
7.- Solicitante: Luís Benito Ruiz Aragón, en representación de Asociación de Vecinos de Torrecuevas.
8.- Solicitante: D. Juan Miguel Jerónimo Ruiz, en representación del Grupo Popular.
9.- Solicitante: D. Miguel Gómez Quirós, en representación de la Cofradía de San Juan.
10.- Solicitante: D. Andrés Manzano Herguido, en representación de la Cafetería Día.
11.- Solicitante: D. Marcelo Dostori Olivera, en representación del Bar “Sandovala”.
12.- Solicitante: D. Antonio Prieto Cueto, en representación de la Peña Granadina Mississippi.
13.- Solicitante: D. Juan José Jerónimo Bustos, en representación de el “Mesón Juanjo”.
14.- Solicitante: D. Mario García Almendros, en representación de Banda de Música La Sentencia.
15.- Solicitante: D. Jesús Guidet Muñoz, en representación de Cofradía Ntra. Sra. La Piedad.
16.- Solicitante: D. Jorge Maya Fernández, en representación de la Cofradía Cristo de los Gitanos.
17.- Solicitante: D. Rubén Bejar Pérez en representación del Bar “Er Tapeillo”.
18.- Solicitante: D. Víctor Manuel Manzano Arenas en representación del Grupo Deportivo Ciudad de Almuñécar.
Atendiendo a lo expuesto la Junta de Gobierno Local, por unanimidad de los asistentes acordó: Autorizar la instalación de las mencionadas barras durante los días del 9 al 11 de agosto en la 3ª Edición de la Feria de Día y dar traslado al departamento de Rentas para la liquidación de la Tasa de 250 euros en concepto de Ocupación de Vía Pública.