El Supremo ratifica la paralización de una recalificación en la Punta de la Mona
Los recursos solicitaban la improcedencia de la suspensión del acuerdo del pleno del Ayuntamiento de febrero de 2003, en el que se aprobó el estudio de detalle para la ordenación de volúmenes y zonas verdes privadas en parcelas ubicadas en la urbanización. El TSJA pedía también una previa prestación de caución o garantía mediante aval bancario hasta cubrir 500.000 euros, cuya impugnación también ha sido desestimada, según la sentencia del TS.
Los motivos que alegó el Ayuntamiento en su recurso desestimado se remiten a que "sólo pueden suspenderse los actos de la Administración Pública cuando, de no ser así, el recurso perdería su finalidad legítima" o que "podrá denegarse la medida cautelar cuando de ésta pudiera seguirse perturbación grave de los intereses generales", entre otras razones. Sin embargo, la sentencia señala que se desestima cada uno de los recursos porque "si el Estudio de Detalle aquí impugnado no se suspende, la ordenación que prevé daría lugar a la edificación de la parcela sobre la que se sitúa su edificabilidad" y "realizada la construcción, transmitidos a terceras personas los inmuebles resultantes, la reposición de las cosas a su estado anterior que habría de exigir la sentencia estimatoria sería de una extrema dificultad, como la experiencia en casos similares nos enseña".
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