Churriana: Un juez manda tirar una nave ilegal de la Vega convertida en restaurante
Por todas partes la misma desvergüenza, el mismo desprecio a la ley, la misma caradura para ponerse ricos a costa de los ciudadanos, del medio ambiente, de los que sea... Por todas partes lo mismo. Qué asco.
El edificio convertido en restaurante es, según el titular del Juzgado de lo Penal número 3 de Granada, totalmente ilegal. Sus promotores no tenían autorización para construir el inmueble y, es más, tampoco podían tenerla, ya que la nave en cuestión se alza en la Vega de Granada, es decir, «en terreno no urbanizable de especial protección».
Con esa tendencia a saltarse las normas, resulta llamativo que los acusados, según ellos mismos reconocieron, estuvieran haciendo obras para «adaptar» el establecimiento ilegal «a la legislación vigente en materia de zonas libres de humo en bares y restaurantes».
La paradoja sirve al juez para enriquecer y fortalecer la decisión de condenar a los dos procesados a sendas penas de un año de presidio por la comisión de un delito contra la ordenación del territorio. Esa pena lleva aparejado el pago de multas de 4.500 euros (diez euros diarios durante quince meses) y de las costas del pleito.
Además, el magistrado ordena la demolición del edificio ilegal: una nave de dos plantas de altura cuya superficie sumada es de 172 metros cuadrados. El dinero para financiar el derribo debe salir de los bolsillos de los reos, según especifica la resolución judicial, que admite recurso ante la Audiencia Provincial.
El relato de los hechos «declarados probados» es esclarecedor. Los dos acusados, propietarios de una gasolinera ubicada en el término municipal de Churriana de la Vega, comenzaron a construir -«al parecer, desde el mes de septiembre de 2006»- una «edificación» anexa a la citada estación de servicio que pensaban dedicar a la «actividad de restauración». La Policía de la Junta de Andalucía comprobó que las obras carecían de licencia municipal. De hecho, «ni siquiera había sido solicitada» al Ayuntamiento de Churriana.
En cualquier caso, tampoco se la hubieran concedido por la sencilla razón de que el terreno era intocable: suelo de Vega no urbanizable y protegido.
Y, para el juez, los acusados sabían perfectamente que allí no se podía construir, pero lo hicieron. «(...) La real intención» de los procesados no era otra que la de «optar por la política de hechos consumados, procediendo a finalizar la edificación de una nueva edificación anexa a la originariamente autorizada -la gasolinera-, construcción para la que no tenían, ni podían tener, autorización» en ningún caso, ya que invadía la Vega, destaca la resolución del titular del Juzgado de lo Penal 3.
La sentencia recuerda que los ahora condenados tenían permiso -excepcional y basado en el interés público de la instalación- únicamente para hacer una caseta auxiliar de la estación de servicio de «8 x 20 metros» y destinado «a tienda y oficina, habiéndoseles denegado de forma expresa la implantación y desarrollo de la actividad de hotel y restauración, pese a lo cual estaban llevando a cabo esta última».
Es decir, que de un inmueble para un despacho, los acusados pasaron a un edificio de dos plantas -con una superficie cada una de ellas de 86 metros cuadrados- que acabó convertido en restaurante, una actividad que es de interés privado y no público.
Los procesados, concluye el juez, «no pueden negar que eran conscientes de que con la construcción no autorizada que llevaban a cabo estaban infringiendo la calificación urbanística del terreno sobre el que se asentaba, sin que la conducta de los mismos» pueda verse «amparada» en el ámbito del error.
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