SI EL CURA PEDÓFILO MADRILEÑO, RAFAEL S.N., NO INDEMNIZA A SU VÍCTIMA CON 30.000 EUROS POR ABUSOS SEXUALES CONTINUADOS, LO TENDRÁ QUE HACER EL ARZOBISPADO
Si el cura pedófilo no paga, lo hará el Arzobispo.
Sobre esta cuestión, el Supremo subraya que concurren todas las circunstancias para declarar al Arzobispado como responsable civil subsidiario en el supuesto de que el sacerdote se declarase insolvente para hacer efectiva la indemnización. Así, recuerda que los cánones del Código de Derecho Canónico obligan a vigilar y controlar a los párrocos de la diócesis.
Tocamientos en casa de la víctima de 13 años y en la vicaría.
La Audiencia madrileña consideró probado que el hombre abusó sexualmente del menor, que entonces tenía 13 años, entre 1999 y 2001, utilizando "la excusa de que ello era bueno y sano para el desarrollo corporal". Rafael S.N. ejercía su ministerio sacerdotal en su condición de secretario de la Vicaría en la parroquia de Santo Domingo Guzmán. Así, entabló amistad con la familia del menor, a cuya vivienda acudía con asiduidad para el cuidado de los hijos, ayudando a uno de ellos en el refuerzo de sus deberes escolares. La sentencia relata que el sacerdote obligó al niño a mantener contactos sexuales, entre los que se incluían tocamientos, primero en la casa de la familia y después en la vicaría.
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