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Almuñécar contra la corrupción

Ávila Rojas es condenado por primera vez a prisión por defraudar a Hacienda

Ávila Rojas es condenado por primera vez a prisión por defraudar a Hacienda

El constructor y promotor granadino José Ávila Rojas, convencido ante el público de su inocencia, siempre ha defendido tener «las cuentas claras» con Hacienda. Desde que en el año 2004 la Fiscalía de Granada lo denunciara y lo llevase al juzgado por fraude, ha repetido el mensaje incansablemente una y otra vez. Pero a los magistrados que han estudiado las dos operaciones millonarias de venta de terrenos que hizo en Marbella en 2001 y 2002 no le han salido las cuentas. ¿Consecuencia? Una sentencia que lo condena a ocho años de prisión, dos por cada uno de los cuatro delitos de fraude a la Hacienda Pública que la Audiencia Provincial considera cometidos y probados. Además, fija una multa de más de diez millones de euros y una indemnización a Hacienda de otros cinco. Los que defraudó.

Ésta es la primera resolución judicial con una condena de prisión a Ávila Rojas, a pesar de sus numerosos 'escarceos' con los tribunales. Pero significa algo más: se convierte en la antesala de los tiempos amargos que se avecinan para el empresario granadino.

El promotor volverá a probar las hieles del banquillo de los acusados de forma inevitable cuando se desarrolle el juicio por el 'caso Malaya', contra la corrupción en Marbella, en el que se encuentra imputado por un presunto delito de cohecho. Más aún, fue comparado con Juan Antonio Roca por el juez del caso, en lo que a peso en la trama se refiere.

La sentencia dictada ahora fija dos años de prisión por cada uno de los cuatro delitos que se le imputan, aunque los magistrados señalan que el tiempo máximo de cumplimiento de esta condena de prisión será de seis. La pregunta inevitable que queda en el aire ahora es: ¿Entra Ávila Rojas en prisión?

El fallo del tribunal granadino puede ser recurrido ante el Tribunal Supremo. Y hasta que éste no se pronuncie la sentencia no será firme. Si no se pide la ejecución de la sentencia de la Audiencia mientras tanto, que no es lo normal en un caso así, el condenado tiene aún un margen hasta que el Alto Tribunal se pronuncie.

Además de las citadas penas de prisión, muta e indemnización, el fallo también lo inhabilita para recibir ayudas y subvenciones públicas o gozar de beneficios o incentivos de la Seguridad Social durante un periodo de cuatro años.

La resolución judicial detalla la venta de terrenos objeto de la condena. Se trata de la compra de una finca en Marbella, conocida como Huerta de las Monjas, que costó 500 millones de las antiguas pesetas, tres millones de euros. Posteriormente, la vendió por 11,5 millones de euros a Promociones y Propiedades Espacio S. L., por lo que la sociedad compradora entregó a cada vendedor la parte proporcional del impuesto del IVA que debían ingresar al erario público.

A Ávila Rojas le correspondió casi un millón de euros que debió reflejar en sus autoliquidaciones correspondientes a 2001. «Al no hacerlo, obtuvo una defraudación en la cuota del IVA de más de medio millón de euros», versa la sentencia. También obtuvo una ganancia empresarial en 2001 de 4,2 millones de euros que tampoco fue declarada en el IRPF, lo que resultó una defraudación de 1,9 millones.

Además de esta operación, señala otra venta de terrenos en Marbella, en los mismos términos con la que obtuvo un beneficio de más de 800.000 euros al no sujetar la operación al IVA. Su beneficio empresarial en 2002 fue de 4,2 millones de euros, y tampoco lo reflejó. Así, el perjuicio para el erario público fue de 1,6 millones de euros.

Durante el juicio, Ávila Rojas manifestó que no se dio cuenta de que se llevó el dinero que deberían haber ido a las arcas públicas. Defendió su inocencia, pero el fiscal del caso, Luis Salcedo, especializado en fraudes a Hacienda, mantuvo su acusación al considerar que las operaciones inmobiliarias por las que no pagó el IVA no las hizo como persona física, sino como empresario, de ahí el fraude.

Para los magistrados que han estudiado el caso, «no se está ante un sujeto pasivo que presenta una declaración veraz, sino ante un obligado tributario que deliberada y conscientemente ha manipulado su declaración del IRPF y del IVA con el ánimo de defraudar a Hacienda (...). De no haber sido por el inspector no se hubiera conocido la situación real del acusado». Su alegato de que «no leyó nada de lo que firmó y que no se enteró que le pagaron el IVA» no constituyen una eximente para el tribunal. «Independientemente de estas explicaciones, nada de eso impide que concurriese el delito». En cuanto al pago que hizo a Hacienda a posteriori, advierte el tribunal que no le eximen porque lo hizo después de la denuncia. Es más, hasta critica el modo: «Hizo las liquidaciones a su gusto y medida, descubriéndose una total falta de propósito de transparencia».

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