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Almuñécar contra la corrupción

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Bahía Fenicia. El anterior proyecto era ilegal y los tribunales lo pararon. Este aún no nos lo han querido enseñar. Ya veremos. Por lo pronto, estos son los límites que marca la legislación de Costas. Aquí, en Barcelona y en Asturias. Salvo que se la salten

Bahía Fenicia. El anterior proyecto era ilegal y los tribunales lo pararon. Este aún no nos lo han querido enseñar. Ya veremos. Por lo pronto, estos son los límites que marca la legislación de Costas. Aquí, en Barcelona y en Asturias. Salvo que se la salten

Hechos probados según los tribunales en el caso de las denuncias falsas

Hechos probados según los tribunales en el caso de las denuncias falsas

Auto 638/10

Citas textuales del auto

El  sobreseimiento del proceso obedece a la circunstancia de haber fracasado hasta ahora todas las diligencias emprendidas para identificar al autor de semejante escrito, una vez comprobada la falsedad de dicho documento.

La misión resulta verdaderamente dificultosa, por no decir imposible, habida cuenta de las innumerables posibilidades que existen para que una persona, hasta ahora anónima, decidiera denunciar en el Ayuntamiento a otra ocultándose bajo la identidad del Sr. Tejero.

Lo único que se ha podido sacar en claro, además de la falsedad del documento y el extravío de su original, que no ha aparecido por el momento, es que el Sr. Tejero tuvo conocimiento de la denuncia falsamente puesta en su nombre por así comunicárselo la propia persona denunciada, quien de acuerdo con sus declaraciones vio físicamente el documento de la denuncia y recibió copia de la misma directamente de un empleado municipal, el asesor del gabinete de la Alcaldía D. Rafael Contreras Rodríguez, que no estaba seguro de si lo que enseñó al sr. Rodríguez Antequera fue el original de la denuncia misma o una fotocopia.

Lo que el alcalde no quiso oír en el Pleno

Lo que el alcalde no quiso oír en el Pleno

Este es el guión que había elaborado el concejal de IU para su intervención en el Pleno a propósito de los injustos e injustificados despidos realizados por Benavides:

No hay convenio desde 1992. Y desde hace muchos años, el alcalde lleva demostrando en sus actuaciones el más absoluto desprecio por los empleados del ayuntamiento, y las organizaciones sindicales, incluido el comité de empresa y la Junta de Personal

No existe RPT del ayuntamiento que defina los puestos de trabajo de cada departamento, y por qué régimen su dotan esas plazas. Por tanto, sólo tenemos la plantilla aprobada en el último presupuesto, donde hay más de 130 personas que aparecen en el mismo epígrafe como laborales.

El único criterio para los despidos que se han producido, ha sido el suyo propio y sus caprichos, pisoteando los derechos fundamentales de cualquier trabajador o trabajadora. O acaso puede decirme que criterio ha seguido para decidir a qué trabajadores se sustituían?

En los despidos se salta a la torera toda la normativa laboral, y ni siquiera se digna seguir los trámites de la legislación laboral comunicándolo al comité de empresa y a la Junta de Personal.

El problema empieza con los reiterados contratos de colaboración social, en muchos casos ocupando puestos de trabajo de la plantilla.

El acta levantada por la Inspección de trabajo, pasando al régimen general de la Seguridad Social a los trabajadores de Peña Escrita, provocó que usted amenazara a algunos trabajadores proponiéndoles descaradamente que renunciaran a sus derechos y dejaran su puesto de trabajo. Seguro que ni siquiera se sonrojó ni sintió vergüenza de proponerle a un trabajador que renunciara a sus derechos laborales.

Esto igualmente produjo los primeros despidos en otras áreas del ayuntamiento al no poder seguir prorrogando esa situación fraudulenta de los contratos de colaboración social. Incluso hubo gente del equipo de gobierno que tuvo la poca vergüenza de decirle a algún trabajador que era por culpa de Fermín de IU. Esa es su manera rastrera de hacer política, con mentiras y siempre culpando a otros de los problemas que usted mismo ha causado por su ineficacia continuada.

El que ha creado el problema de los laborales indefinidos ha sido usted, y el único responsable de los despidos es usted.

En julio de 2010 aparece en el BOP la oferta pública de empleo anunciando que era para cubrir plazas vacantes. En ningún caso se les comunica a los representantes de los trabajadores ni a nadie que esas oposiciones van a ser para cubrir plazas ocupadas por trabajadores. ¿Cómo se atreven a decir ahora que estas personas no se han presentado a los exámenes?

Detrás de esta oferta de empleo hay oscurantismo y mala intención.

Por cierto, en las oposiciones convocadas se han dejado muchas plazas desiertas. Después de cobrar un pastón a los opositores y de haberles hecho emplear muchas horas de estudio, resulta que se les preguntan cosas inverosímiles. En algún caso, esto ha provocado airadas protestas de opositores.

Se despide a siete personas de la noche a la mañana, personas que estaban incluidas en la plantilla del ayuntamiento en el presupuesto de 2010. Sorprendentemente hay personas que llevan 27, 24, 21 o 15 años de trabajo. Ahora se ha dado cuenta el alcalde de la situación laboral de estas personas. 

¿Qué ha pasado? ¿Qué falta han cometido? ¿No le han obedecido en algo? ¿Ya no están en su partido político? ¿Se han atrevido a opinar en la calle algo distinto a lo que usted dice?

Incluso alguna puede ser por las declaraciones de su marido en prensa, uno de los primeros despedidos de la colaboración social.

En el caso de los operarios de medio ambiente para Peña Escrita, ¿están cualificados para cuidar animales peligrosos? ¿Van a sustituir a peones?

Por cierto, usted puso en peligro la vida de uno de los despedidos de Peña Escrita, en agosto de 2009, al obligarle a cuidar animales peligrosos, (creo que los leones lo son) sin estar cualificado para ello, y con un contrato en fraude de ley, pero usted se encargó no solo de felicitarlo sino que a finales de septiembre tuvo la hipocresía y desfachatez de hacerle un homenaje. Quizás el motivo fue no el que se dijo, sino que le salvó a usted la cara.

Antes que estos operarios, desaparecen de Peña Escrita el Veterinario y el Biólogo. Ni siquiera se ha dignado explicar las causas.

Es mas que evidente que usted es el responsable de estos despidos arbitrarios, sin ningún criterio ni razón, y pisoteando a estas personas.

Podía explicarnos por qué les ha tocado a estas personas, cuál ha sido el motivo para jugar de esta manera con las familias. En cualquier, caso entiendo que ha pisoteado los derechos fundamentales de estas personas.

Parece ser que en algunas declaraciones, usted habla de cumplir la ley. Si quisiera aplicar la ley y regular la situación de la plantilla, igual que estas personas hay más de cien. ¿Va a seguir usted con las convocatorias de oferta pública de vacantes y luego despidiendo a las ciento y pico personas que ocupan plazas similares?

Pero usted no puede hablar de legalidad. A no ser que haya olvidado el contrato de alta dirección que le ha hecho al Sr. González Pavesio. Este puesto que ocupa el señor Pavesio aparece en el presupuesto clasificado como grupo A. Pero lo cierto es que este señor no tiene, que yo sepa, ninguna licenciatura. ¿Puede explicar esta situación? ¿Puede explicar cómo alguien sin titulación ocupa un puesto de alta dirección?

En la situación de crisis que nos encontramos, ¿podría decirme como tiene la osadía de gastar dinero público en indemnizaciones, en muchos casos millonarias por los años de antigüedad que tienen estas personas?

Curiosamente, en el último despido improcedente, el ayuntamiento, es decir, usted, ha optado por la readmisión. ¿Cuál es el motivo?

Usted aplica la ley del embudo y reprime a los que le hacen frente o manifiestan libremente opiniones distintas a las suyas, o sencillamente se atreven a llevarle la contraria. Esto es un atentado a la libertad de expresión y a los más elementales principios democráticos.

No quiero olvidar en esta intervención los despidos injustificados que se produjeron también por orden suya al privatizarse las guarderías municipales. O al desmantelar la ayuda a domicilio llevando a la quiebra a una pequeña empresa del pueblo y dejando a todas sus trabajadoras en el paro. Claro que a usted eso le da igual. A usted, dice su eslogan sólo le importan las personas. Menuda hipocresía.

Usted es un cacique por el uso abusivo que hace del poder contra los que no piensan como usted o sencillamente dejan de adularlo, o serles útiles, o sencillamente por no acatar u obedecer sus órdenes, aunque curiosamente, siempre que abusa del poder de la alcaldía lo ejerce sobre los débiles.

La primera solución que tendría que aplicar seria la de bajarse usted el sueldo, que es una vergüenza, y reducir el numero de liberados que tiene a su disposición. No solo no habría que despedir a nadie sino que daría para contratar dignamente a muchas personas.

IU espera que la autoridad judicial le obligue a dar marcha atrás en su actitud, y tenga que readmitir en sus puestos de trabajo a estas personas. Ese día será un día de alegría en Almuñécar.

DECLARACION DE FUNDACION DEL FRENTE 14 DE ENERO DE LAS FUERZAS NACIONALES, PROGRESISTAS Y DEMOCRATICAS DE TUNEZ

Para afirmar y asegurar nuestra participación en la revolución de nuestro pueblo que luchó por su derecho a la libertad y la dignidad nacional, este pueblo que dio decenas de mártires y miles de heridos y detenidos, y con el fin de completar y garantizar la victoria y contra los enemigos del interior y del exterior  y aquellos que intentan secuestrar los sacrificios del pueblo, hemos constituido “El Frente 14 De Enero” como  marco político para promover y asegurar la revolución hasta lograr sus objetivos y luchar y parar las fuerzas de la contrarrevolución, frente y marco que agrupa los partidos,  fuerzas y organizaciones nacionales, progresistas y democráticas.

Sus objetivos y tareas urgentes son:

1.      La caída del gobierno actual de Ghanouchi o cualquier gobierno que incluya a personas del anterior régimen, que hicieron las políticas antinacionales y antipopulares y sirvieron a los intereses del derrocado presidente.

2.      Disolver el partido del ex presidente, y la confiscación de sus sedes, bienes, activos financieros y fondos, porque son del pueblo.

3.      La formación de un gobierno de transición que exprese la confianza del pueblo,  de sus fuerzas políticas progresistas y de sus organizaciones sociales, sindicales y juveniles.

4.      Disolución de la cámara de representantes, de los asesores y de todas las instituciones, del consejo superior de la magistratura, el desmantelamiento de toda la estructura política del antiguo régimen, y la preparación para la elección de una asamblea constituyente para la elaboración de una  nueva constitución democrática y un  nuevo marco legal de la vida pública que garantice los derechos políticos, económicos y culturales del pueblo.

5.      La disolución de la policía política, y promulgar una nueva política seguridad que respete los derechos humanos y las leyes.

6.      Pedir responsabilidades a todos aquellos que se demuestre que, saquearon los bienes del pueblo, cometieron crímenes contra él, como la represión, encarcelamiento, la tortura y los asesinatos decidiendo, ordenando y ejecutando, así como a aquellos que se pruebe su mala conducta y mala gestión de la propiedad pública.

7.      Las expropiación de los bienes de toda la familia, de las personas cercanas, del entorno y de todos los responsables políticos que utilizaron su posición para enriquecerse a costa del pueblo.

8.      Asegurar y generar empleo para  los desempleados y tomar medidas urgentes que garanticen las subvenciones del desempleo, la cobertura social y de salud, mejorar el poder adquisitivo del pueblo.

9.      La construcción de una economía nacional al servicio del pueblo, donde los sectores vitales y estratégicos estén bajo control del estado, nacionalizar todas las empresas que han sido privatizadas, y la aplicación de una política económica y social que rompa con el enfoque capitalista liberal.

10.  Lanzamiento de las libertades públicas, individuales, y especialmente la libertad de manifestación, organización, expresión, de prensa, información y creencia, la liberación de todos los detenidos y promulgar la ley de amnistía.

11.  El Frente 14 enero saluda el apoyo de las masas populares y las fuerzas progresistas del mundo árabe y del mundo y les invita a continuar sosteniéndolo.

12.  Rechazar la normalización de relaciones con la entidad sionista y criminizarla, apoyar los movimientos de liberación nacional del mundo árabe y del mundo.

13.  El Frente llama a todas las masas populares, las fuerzas progresistas y patrióticas para continuar con las movilizaciones y la lucha mediante todas las formas legitimas, y especialmente las manifestaciones en las calles hasta lograr los objetivos propuestos.

14.  El Frente saluda a todos los comités, asociaciones y organizaciones populares, y les llama a ampliar su círculo de participación en todos los asuntos públicos y de la vida diaria y cotidiana.

GLORIA A LOS MARTIRES DE LA INTIFADA Y LA VICTORIA PARA NUESTRAS MASAS POPULARES REVOLUCIONARIAS.

TUNEZ, 20 DE ENERO 2011

Asociación de izquierda-los trabajadores
Movimiento Unionista nasseristas
Movimiento De Nacionalistas Democráticos
Nacionalistas Democráticos
Corriente Baazista
Izquierdas Independientes
Partido Comunista Obrero de Túnez
Partido Nacional de Acción Democrática

TODOS Y TODAS CONTRA EL PENSIONAZO

TODOS Y TODAS CONTRA EL PENSIONAZO

CGT Catalunya

Nuevamente nos quieren hacer creer que el sistema público de pensiones está al borde de la desaparición, que de seguir así los mercados se cebarán con España como ya ha pasado con Grecia e Irlanda. El gobierno de Zapatero y todo el abanico parlamentario, salvo excepciones, proponen modificar el régimen de las pensiones y alargar la edad laboral.

La CGT queremos demostrar con este documento que las bases científicas en que se sustentan las tesis de la viabilidad del sistema, están basadas en unos intereses económicos. Unos intereses que no son, evidentemente, los de la mayoría de trabajadores y trabajadoras.

Indigna que quienes se autodenominan de izquierdas estén haciendo el trabajo sucio propio de la derecha; alargar la edad laboral a las trabajadoras y trabajadores cuando con los avances tecnológicos nos deberían llevar a la situación contraria, es decir ir hacia la reducción de la jornada de trabajo. A la vez que es un insulto plantear que para el cálculo de las pensiones se utilice toda la vida laboral de las personas, cuando la plena ocupación no está conseguida aún. Sabemos que lo que pretenden es abaratar las futuras pensiones y favorecer los planes de pensiones privados. Sabemos que este es el objetivo real de la reforma.

Desde la CGT de Catalunya no estaremos impasibles ante esta nueva agresión injusta e injustificable. El retroceso en el sistema de la Seguridad Social no es negociable.

El documento que tienes en tus manos es un resumen extraído de unas jornadas de formación de Acción Social de Catalunya en el local de la CGT en Barcelona. En ellas colaboraron Alex Tisminetzsky, (abogado del Colectivo Ronda), y la economista Elena Idoate, (miembro del Seminario de Economía Crítica de Taifa), juntamente con apuntes de documentos elaborados por los economistas Vicenç Navarro, Juan Torres y Alberto Garzón, editado por ATTAC. Se han añadido al documento ideas y aportaciones de los miembros de las diferentes secretarías del Secretariado permanente de la CGT de Catalunya.

Con este documento queremos clarificar las dudas y poner al descubierto que la reforma de las pensiones es una vuelta de rosca más en la explotación a la que estamos sometidos los trabajadores y trabajadoras en esta sociedad. Una sociedad con un reparto injusto de la riqueza y que soporta una crisis, con un 20% de parados y paradas, que estamos pagando los de siempre, l@s trabajador@s.

Desde la CGT de Catalunya defendemos el sistema de pensiones actual y que los avances y cambios vayan en la línea de un sistema universal y solidario.

1- ¿QUÉ ES UN SISTEMA PÚBLICO DE PENSIONES?

Es un mecanismo que el Estado mantiene con el fin de garantizar unos recursos que en teoría permitan mantener un nivel digno de vida a aquellas personas que han dejado de percibir tales recursos por causas ajenas a su voluntad como pueden ser la jubilación, la invalidez o la muerte.

El sistema público de pensiones forma parte del sistema de la Seguridad Social, que es un instrumento del estado que, además de las pensiones, abarca muchos más ámbitos de protección social.

El artículo 41 de la Constitución del estado español prevé que los poderes públicos han de mantener un régimen público de Seguridad Social para todos los ciudadanos y ciudadanas, que garantice la asistencia y las prestaciones sociales suficientes ante situaciones de necesidad, especialmente en caso de paro.

También dice que la asistencia y las prestaciones serán libres.

2- ¿DE QUÉ RIESGOS NOS PROTEGE LA SEGURIDAD SOCIAL?

La Seguridad Social cubre las privaciones que puedan sufrir los individuos a causa de enfermedad, maternidad, accidente de trabajo o enfermedad laboral, desempleo, invalidez, vejez y muerte; y también la protección en forma de asistencia médica y de ayuda a las familias con hijos.

Por tanto, incluye entre otros servicios la asistencia sanitaria, las prestaciones por incapacidad laboral, las prestaciones por maternidad, las prestaciones de atención a la tercera edad, las prestaciones por desempleo y las pensiones de jubilación y de viudedad.

3- ¿CUÁNDO NACE LA SEGURIDAD SOCIAL?

El movimiento obrero es el que inicia la demanda de que se garantice la seguridad y la protección social durante el siglo XIX. Son los movimientos socialistas los que piden la universalización de la protección social, incorporando los derechos sociales y laborales como parte de la condición de ciudadanía. En esta concepción, la financiación de tales derechos provendría de los fondos generales del estado y la provisión sería responsabilidad del Estado. Este modelo se desarrolló en aquellos países donde el movimiento obrero fue más fuerte.

Surgió otro modelo donde el movimiento obrero no consiguió la universalización ante la oposición de las clases dominantes; este segundo modelo no universalista garantizó la protección social de los trabajadores/as y sus familias a través de las aportaciones de los trabajadores y los empresarios a las Cajas de la Seguridad Social.

La diferencia fundamental entre los dos modelos es que el primero es un sistema de solidaridad entre los ciudadanos y el segundo es un sistema de ahorro forzoso en el que los derechos se adquieren según el nivel de aportaciones basadas en el mercado del trabajo.

4- ¿CUÁNDO NACE LA SEGURIDAD SOCIAL EN ESPAÑA?

Nació de forma parcial en 1900 al crearse el primer seguro social que fue la Ley de Accidentes de Trabajo. Posteriormente, en 1908 se creó el Instituto Nacional de Previsión en el que se integraban las cajas que gestionaban los seguros sociales que entonces iban surgiendo.

Más adelante nacieron otros derechos como fue el retiro Obrero (1919), el Seguro Obligatorio de Maternidad (1923), el Seguro de Paro Forzoso (1931, el Seguro de Enfermedad (1942), y en 1947 el Seguro Obligatorio de Vejez e Invalidez (SOVI).

Durante la dictadura se promulgaron leyes que fueron insuficientes para dar protección a muchos trabajadores y a sus familias que quedaron fuera.

Fue en la década de los ochenta (ya se preveía en el artículo 41 de la Constitución) cuando se universalizó el sistema de la Seguridad Social, con la idea que llegara a todos los ciudadanos y se sentaron las bases para su estabilidad financiera.

Es en el año 1985 cuando se implanta el sistema de la Seguridad Social tal y como lo conocemos hoy día. Y los cambios y reformas que se han realizado han comportado una disminución de los derechos y de las cantidades.

5- ¿CÓMO SE FINANCIA LA SEGURIDAD SOCIAL?

Se financia a partir del salario de los propios trabajadores/as y de los impuestos que pagaban todos los ciudadanos en proporciones que han variado a lo largo del tiempo y en los diferentes países.

Con la aprobación del pacto de Toledo en el año 1997 se estableció la “separación de fuentes de financiación”, entonces:

  • las prestaciones contributivas se financian a través de las cotizaciones sociales, que actualmente supone el 88,1%.

  • las prestaciones no contributivas y universales se financian mediante las aportaciones del presupuesto del Estado a través de impuestos generales, que actualmente suponen el 8,9%.

La seguridad Social ha vivido en las últimas décadas diversas reformas, de las que daremos unas pinceladas. En cada una de las modificaciones legales los mismos agentes sociales firmantes (Gobierno, patronal y los sindicatos CC.OO y UGT) han argumentado cambios sobre la base de unas supuestas mejoras muy difícilmente apreciables, pero sobre todo han defendido los continuos recortes en prestaciones y derechos sociales apelando a la responsabilidad de la ciudadanía para contener un supuesto déficit público -que sólo perciben las visiones más catastrofistas y conservadoras y que de momento nunca ha existido- y hacer, por fin, sostenible el sistema.

6- ¿QUÉ REFORMAS HA SUFRIDO EL SISTEMA DE LA SEGURIDAD SOCIAL EN EL ESTADO ESPAÑOL?

A partir de 1985, con la Ley26/1985 de Medidas Urgentes por la Racionalización de la Estructura y Acción protectora de la Seguridad Social, el sistema de pensiones se mantiene en reforma permanente. Esta ley, que fue contestada con una huelga general, la primera de la “democracia” contra el gobierno socialista, supone un endurecimiento de los requisitos de acceso al sistema de pensiones, un recorte de los gastos en las pensiones y la negativa de aplicar, por parte del gobierno, una ley de pensiones no contributivas para compensar los efectos negativos de la reforma.

Con la reforma de 1985 se ponen en marcha dos procesos que aún continúan hoy en día: uno de moderación o reducción de los gastos a largo término (endureciendo las condiciones de acceso y aproximando la proporcionalidad entre las aportaciones de los trabajadores y las pensiones percibidas) y el otro de construcción de las condiciones ideológicas y los instrumentos legales e institucionales para favorecer sistemas complementarios privados de pensiones.

En concreto las reformas que se han realizado:

  • En el 1985: se aumentan los años mínimos de cotizaciones para acceder a la jubilación, pasando de 8 a 10 años. Así se dejaron fuera las personas con menos años de cotización, sobre todo las mujeres.

  • En el 1997: se aumentan de nuevo los años mínimos de cotización, a 15 años (no reales ya que se computan las pagas extraordinarias). Cada vez se deja fuera de la protección a más colectivos.

  • En el 2001: se limitó el incentivar el retraso de la jubilación, modificando también los coeficientes reductores, y reduciendo levemente las prestaciones.

  • En el 2007: se aumenta hasta 15 años reales el mínimo para acceder a la jubilación (con una transitoria de aplicación definitiva en el 2014), una reducción de las cuantías de la prestación por Invalidez Permanente con un nuevo cálculo (puede reducir hasta el 50% la prestación), etc.

  • En el mayo de 2010: un “decretazo” elimina las transitorias de la jubilación parcial y se aplica la situación más restrictiva (no estaba prevista hasta el 2015).

A la vez, y a partir de 1987, se han ido impulsando los planes y fondos privados complementarios. Por ejemplo, la Ley de 1987 sobre Planes y Fondos Privados, reforzada el 1995, con la Ley de Ordenación y supervisión del los Seguros Privados.

El endurecimiento gradual de las condiciones para percibir prestaciones y a su reducción progresiva (tanto en la prestaciones de paro como en las de jubilación, viudedad o incapacidad), ha tenido en los últimos años una preocupante aceleración a partir de los Pactos de Toledo de 1995.

En definitiva, para la mayoría de la población significa trabajar más años para recibir menos prestaciones. La jubilación siempre ha estado en el punto de mira. Los requisitos de acceso se han visto afectados desde los 8 años de cotización hasta los 15 actuales, y la propuesta de 20 años (incluso más hasta llegar a toda la vida laboral), dejando sin protección a miles de trabajadoras y trabajadores. A la vez, que la base reguladora era en 1985 de los 2 mejores años entre los últimos 10 años trabajados, a escoger por la trabajadora o el trabajador, a la situación actual de los últimos 15 años, íntegramente, a la propuesta de los 20 años o, hasta de todas las cotizaciones.

7- ¿QUÉ SON LAS COTIZACIONES SOCIALES?

Son una parte del salario de los trabajadores que se destina a financiar la Seguridad Social.

Si miramos nuestras nóminas, al Salario Bruto que deberíamos recibir, siempre le son descontados unos porcentajes, que dan como resultado un Salario Neto (o el salario que realmente recibimos). Dentro de la cuota de las cotizaciones a la Seguridad Social, es decir, de las “aportaciones” se puede distinguir la cotización por diferentes conceptos (artículo 8 del RD 2064/1995), entre ellos, las aportaciones que hacemos los trabajadores a las cotizaciones de la Seguridad Social y conceptos de reaceptación conjunta como:

  • Contingencias comunes que en el año 2010 era del 4,70%.

  • Paro que en el año 2010 era del 1,15% de 1,60% al contrato de duración determinada.

Los tipos de cotización se establecen anualmente en la Ley de Presupuestos del estado (el 2010: L26/2009 art. 129) y se desarrollan por Orden Ministerial (OM/TIN/25/2010).

Así, efectivamente, podemos considerar que las pensiones son parte de nuestro salario. Son un salario diferido y que se conoce en términos económicos, como parte del salario indirecto.

8- ¿ES OBLIGATORIO QUE SE FINANCIE DE ESA FORMA LA SEGURIDAD SOCIAL?

No, cada sociedad puede elegir el modelo de financiación que considere más coherente o favorable con los objetivos que desee alcanzar.

9- ¿QUÉ TIPOS DE SISTEMAS DE PENSIONES HAY?

Por un lado los sistemas de pensiones pueden basarse en dos modelos generales:

  • el modelo contributivo: reciben pensiones aquellas personas que han cotizado a lo largo de su vida laboral. Bajo este sistema los empresarios tienen que destinar a la Caja de la seguridad social una parte del salario del trabajador en forma de cotizaciones sociales.

  • y el modelo universalista (o no contributivo). : está basado en principios de solidaridad, reciben pensiones todas las personas de una sociedad con independencia de que hayan trabajado o no a lo largo de su vida laboral.

Por otro, se distinguen dos modelos más:

  • el sistema de reparto: es aquel en que los trabajadores y las trabajadoras van cotizando día a día y con los fondos que se han generado se pagan las pensiones de quienes se jubilan en aquel momento y tienen derecho a percibirlas. En este sistema, las pensiones futuras se pagan con las cotizaciones que día a día aportan l@s trabajador@s.

  • el sistema de capitalización: es aquel en que cada uno va acumulando a lo largo de su vida laboral y contributiva, la cantidad que después recibirá como pensión.

10- ¿Y NOSOTROS, QUÉ SISTEMA TENEMOS?

Un sistema público mixto que combina:

  • El modelo contributivo, que tiene dos niveles: el de la Seguridad Social para todas las trabajadoras y trabajadores, y el sistema de Clases Pasivas de los funcionarios públicos.

  • El modelo no contributivo o de prestaciones universal, que no depende de las cotizaciones efectuadas, sino que se basa en situaciones concretas (personas incapacitadas para llevar a término una actividad laboral, personas que no han cubierto el período mínimo de cotización para la jubilación, etc.).

A la vez nuestro sistema es de reparto.

El sistema público es complementado por planes de pensiones privados, ya que son los intereses de las entidades financieras, como ya se ha ido explicando, quienes están detrás de todas las reformas que se han ido realizando. En la siguiente pregunta hablaremos más a fondo.

11- ¿QUÉ SON LOS PLANES DE PENSIONES PRIVADOS?

Son distintos a los planes de pensiones públicos, en realidad no son pensiones, son fondos privados constituidos por el ahorro que cada persona va depositando voluntariamente en una entidad gestora, generalmente un banco, hasta el momento de su jubilación. Esta entidad gestora invierte ese ahorro en algún activo privado para obtener rentabilidad.

Al jubilarse la persona puede retirar esos fondos que fue ahorrando más la suma de intereses que hayan producido. Esta suma puede transformarse en una resta cuando los intereses son negativos.

Sería lo más similar al modelo de capitalización pero gestionado por las entidades privadas que sacan en su beneficio.

12- ENTONCES, DESPUÉS DE TODO LO QUE HEMOS DICHO, ¿QUÉ HAY REALMENTE DETRÁS DE LA REFORMA ACTUAL?

De un lado, detrás hay las recomendaciones del Banco Mundial. Este publicó, en el 1995, el primer estudio alarmando de la insostenibilidad financiera de las pensiones basadas en un sistema de reparto.

Por otro lado, los Bancos y las Cajas presionan. Hay múltiples estudios de hace años que anunciaban la llegada de un déficit en la Seguridad Social. Y es que los Bancos y Cajas de Ahorros, según Vicenç Navarro y otros, tienen muchos intereses en esta reforma. Los planes de pensiones privados están en una crisis profunda y las decisiones que se tomen les pueden afectar de manera muy significativa. Si se limita la cobertura de las pensiones públicas está claro que se facilitarán y estimularán los seguros privados, que sustituirán o complementarán las públicas.

La Banca tiene grandes intereses en juego y su influencia política, mediática y académica es enorme. Su objetivo es así, haciendo uso de todos sus medios, convencer a la población de que el sistema de pensiones públicas no es viable tal y como está, y que sólo puede sobrevivir reduciéndolas significativamente. En el estado español la banca ha sido y continua siendo el poder fáctico con más influencia, la mayoría de la población percibe que tiene más poder que el gobierno.

Además, conviene recordar, que la Seguridad Social gestiona la mayor cantidad de dineros de un país, de aquí que la Banca, con la ayuda de la presión de los mercados financieros, quiera intervenir.

13- ¿ES CIERTO QUE ES INSOSTENIBLE EL SISTEMA DE PENSIONES DEBIDO AL ENVEJECIMIENTO DE LA POBLACIÓN?

La razón de la reforma es que las pensiones públicas no son sostenibles porque se está alargando la esperanza de vida y hay menos nacimientos. En resumen: “No hay suficientes jóvenes para mantener a tantos mayores”.

Detrás de estos argumentos hay una clara voluntad de traspasar a los Bancos el control del ahorro colectivo en forma de Planes Privados. Es importante tener claro que hasta ahora el sistema de pensiones nunca ha peligrado, a pesar de las alarmas que ya hablaban en este sentido desde los años 90. Ha sido todo lo contrario, ha disfrutado de superávit, incluso con la crisis actual, cuando se han perdido en el conjunto del estado español, más de un millón de cotizantes.

Según Vicenç Navarro, Juan López Torres y Alberto Garzón Espinosa, todos ellos economistas de reconocido prestigio, la afirmación hecha ignora diversos hechos. Consideran que en el sistema de reparto que existe en el estado español no es importante el número de jóvenes por cada persona mayor, sino el número de cotizantes y el tamaño de cada cotización por pensionista.

Así ponen la atención en tres puntos:

  • … trabajar en la línea de aumentar el número de cotizantes, facilitando la integración al mercado laboral de los colectivos más perjudicados, como por ejemplo las mujeres y l@s parad@s.

  • tener en cuenta cual es la cuantía de la cotización de cada pensionista que va ligada, indiscutiblemente, a la productividad, para poder hacer una valoración más fiable de la viabilidad. Y está claro que este es un parámetro que va e irá en aumento. Del 1979 al 2009 la productividad laboral ha aumentado un 77%.

  • … valorar que aunque haya una reducción de cotizantes, estos producen más. Y es que un trabajador actual produce lo que antes producían 9 trabajador@s. Así, de aquí a 40 años con la mitad de l@s trabajador@s por pensionista será bastante probable que se pueda sostener el mismo número de pensionistas, ya que un/a trabajador/a producirá para sostener más del doble de pensionistas que en la actualidad.

De esta manera está claro que el volumen de ingresos a las cajas de la Seguridad Social no depende sólo del envejecimiento de la población. Hay otros factores que lo condicionan claramente como: el nivel de ocupación y paro existentes, el nivel salarial, el crecimiento económico, la distribución de la renta, la calidad de la ocupación, la productividad del trabajo, la extensión de la economía sumergida, etc. Sólo cuando todos o la mayoría de estos factores evolucionaran

14- ¿CUÁL ES LA TRISTE REALIDAD EN EL ESTADO ESPAÑOL?

Actualmente las estadísticas nos dicen que:

  • El 71,75% de los pensionistas obtienen nóminas inferiores a los 1.000 euros.

  • El 58,5% percibe nóminas inferiores a 600 euros, no llegando al Salario Mínimo Interprofesional (SMI).

  • La pensión media contributiva en el estado español es sólo el 68% de la media de la Unión Europea de los 15 (UE-15).

  • El gasto en pensiones al estado español es del 9% del Producto Interior Bruto (PIB) cuando en la UE-15 es del 12%.

  • El gasto per cápita en el estado español es de 995 euros, la más baja de la UE, lejos de los 2.785 euros del estado francés.

15- ¿CUALES SON LOS PUNTOS CLAVE QUE PLANTEA LA REFORMA?

Respecto a la pensión de jubilación contributiva:

  • Ampliación de la edad de 65 a 67 años: penalizando así a todas las personas que se jubilen anticipadamente y reduciendo entre un 12 y un 16% las actuales prestaciones. Es absurdo plantear una misma edad de jubilación para todas las profesiones. A la vez que, la mayoría de la población se jubila actualmente a los 62 años, hecho que probablemente se mantendrá en detrimento de una menor prestación.

  • Ampliación de los años de cálculo de la Base Reguladora de 15 a 20 años (se habla de 25 años): medida que reducirá, según los datos de la Seguridad Social, un 8,3% las prestaciones finales.

  • Ampliación de 15 a 20 años del período mínimo para tener derecho a la jubilación: el aumento dejará sin derecho a prestación a todas las personas, sobre todo mujeres y precarios, con vidas laborales más cortas.

  • Ampliación del período para recibir un 100% de la pensión de los 35 a los 40 años: afectando previsiblemente a tod@s l@s trabajador@s, ya que se reducirá un 2% la pensión por cada año que no se llegue a los 40 años de cotización, reduciéndose una media del 10% más de las prestaciones.

Respecto al subsidio de paro de mayores de 52 años:

  • Se cambia la edad de jubilación, posiblemente se convierta en subsidio de mayores de 54 ó 55 años.

Respecto a la jubilación parcial:

  • Se cambia la edad de jubilación, estando la posibilidad de que los jubilados parciales tengan que trabajar hasta los 67 años.

  • Cabe la posibilidad de jubilarse a los 62 años en lugar de a los 60 años.

Respecto a la pensión de viudedad:

  • Sólo se dará a quien pueda acreditar la dependencia económicamente.

  • Progresiva eliminación a gran parte de la población.

Respecto a la prestación por Incapacidad Temporal y Permanente:

  • Se proponen nuevos cálculos de su Base Reguladora.

  • Reducción de trabajador@s que tienen derecho mediante directrices del Instituto Catalán de Evaluaciones Médicas (ICAM) y de incentivos a los médicos de cabecera.

Respecto a la mejora por accidentes de trabajo:

  • Posible eliminación o reducción del recargo en las prestaciones por falta de medidas de seguridad que actualmente puede comportar un aumento del 30 al 50% en todas las prestaciones.

16- ¿CUÁLES SON LAS CONSECUENCIAS DE LA REFORMA PLANTEADA?

El 28 de enero el gobierno del estado español pretende cerrar la propuesta de reforma del sistema público de pensiones que supondrá el recorte más importante de la Seguridad Social hecha en los últimos 30 años.

Es decir, si los datos anteriormente expuestos ya nos sitúan en una de las peores condiciones en comparación con el resto de Europa, las reformas nos pondrán en una situación pésima. Por lo tanto habrán:

  • Más pensiones a mínimos.

  • Más personas con reducción de derechos al acceso de las pensiones contributivas.

  • Reducción de entre un 20 y un 30% de la prestación de jubilación.

  • Reducción de las prestaciones de viudedad, invalidez e incapacidad temporal.

17- ¿CUÁLES SON LOS COLECTIVOS MÁS AFECTADOS?

La mujeres, las personas inmigrantes y las personas precarias en general serán quienes estén más afectados. Sobre todo, porque el aumento de los años para el cómputo de la cotización hace que muchas personas no hayan cotizado durante tanto tiempo (por motivos familiares, por cotizaciones parciales o porque no lleven tanto tiempo aquí) quedarán fuera del sistema de prestaciones contributivas y que las prestaciones sean más reducidas, ya que las cotizaciones contra más antiguas son, más mínimas son.

Los jóvenes que padecen cada vez más situaciones laborales más precarias y, si finalmente, las aplicaciones son progresivas, se verán más afectadas en un futuro.

18- ¿CUÁL ES NUESTRA PROPUESTA?

Pues bien sencilla. Que el sistema de prestaciones de la Seguridad Social no es negociable. Consideramos que es un derecho que no debe medirse en términos de déficit y beneficio.

Es un derecho que queremos que sea universal al que tenga acceso todo el mundo. Queremos que se mejoren en calidad y cantidad las prestaciones, y que éstas no sigan las directrices del Banco Mundial, ni tampoco de los Bancos y Cajas, que sólo miran para sus intereses privados.

19- ¿CUÁL HA DE SER NUESTRA RESPUESTA?

No podemos quedarnos impasibles ante todo esto, y por tanto la CGT hacemos una campaña de información y sensibilización de un asunto tan importante como es que se abaraten las pensiones y se retarde la jubilación dos años.

La CGT hacemos un llamamiento a toda la ciudadanía a realizar una movilización general, exigiendo que se retire una reforma que consideramos injusta y que únicamente beneficiará a las entidades financieras, verdaderos impulsores de esta agresión al conjunto de la sociedad.

TODOS Y TODAS CONTRA EL PENSIONAZO

TODOS Y TODAS HACIA LA HUELGA GENERAL

Crímenes del Mar: El tiempo pasa y pasa, pero el alcalde no hace NADA, absolutamente NADA

Crímenes del Mar: El tiempo pasa y pasa, pero el alcalde no hace NADA, absolutamente NADA

Informe del Arquitecto Municipal de fecha 22-03-2010:

“Con fecha 25 de enero de 2010, recibo traslado de acuerdo de la Junta de Gobierno Local en relación con escritos presentados por la CC.PP. Pueblo de Los Cármenes del Mar, Atarazanas, Halcón, Las Terrazas, Los Altos y Pueblo, con fecha 30 de diciembre de 2009 y 11 de enero de 2010, respectivamente, respecto de deficiencias en la Urbanización Cármenes del Mar en Cerro Gordo.

En los antecedentes obrantes en este Ayuntamiento se constata la existencia de un PROYECTO DE ESTABILIZACIÓN DE LADERAS EN LA URBANIZACIÓN “CÁRMENES DEL MAR”, CERRO GORDO, de fecha 22 de noviembre de 2007, proyecto presentado por la mercantil CERRO GORDO, S.L. y cuya ejecución ha sido ordenada a esta mercantil por este Ayuntamiento mediante acuerdo de Junta de Gobierno Local de fecha 20 de enero de 2010.!!

Del contenido de dicho Proyecto, se puede claramente determinar que nos encontramos ante una posible situación de peligro para la seguridad pública, si bien dicho proyecto, en ninguno de sus apartados, señala que dicha situación sea inminente.

En cualquier caso y considerando, además, la situación pluviométrica, absolutamente excepcional por la que estamos atravesando, procede reiterar la ejecución con carácter urgente del Proyecto.

En caso de nuevo incumplimiento de dichas órdenes de ejecución dadas por el Ayuntamiento, en aplicación del artículo 158 de la LOUA procedería iniciar el correspondiente Expediente Administrativo de Ejecución subsidiaria a costa del obligado, así como la imposición de las correspondientes multas coercitivas.

La Junta de Gobierno Local acuerda:

1). Reiterar a Cerro Gordo, S.L. que aborde, de forma inmediata y urgente, las obras, con advertencia de ejecución subsidiaria a costa del obligado y a la imposición de las correspondientes multas coercitivas.

2). Requerir a las Comunidades de Propietarios que se mencionan en el informe para que en el plazo de 10 días aporten a este Ayuntamiento informe sobre el estado de las edificaciones e instalaciones de su propiedad.

Pues bien, ya estamos en 2011. Ni la promotora ha hecho las obras ni el alcalde ha ordenado que se hagan mediante ejecución subsidiaria. No hay prisa.

Texto del recurso presentado por IU

Texto del recurso presentado por IU

Almuñecar, 17 de Diciembre, 2010

Al Alcalde del Ayuntamiento de Almuñécar

D. Antonio Leyva Campaña, en calidad de Coordinador de la Asamblea Local de Izquierda Unida de Almuñécar, con domicilio a efectos de notificación en Calle Guadix, Residencial San Juan Bajo 2, sede de Izquierda Unida, teléfono 958 632786 y correo electrónico iualmu@hotmail.com,

expongo lo siguiente:

Que en el Boletín Oficial de la Provincia de Granada de fecha 16/12/2010 se hace público el Tribunal Calificador de las siguientes plazas de funcionario para el Ayuntamiento de Almuñécar:

para proveer, mediante el sistema de oposición libre una plaza de ordenanza-conserje, en Régimen de Funcionario de Carrera para el Ayuntamiento de Almuñécar.

para proveer, mediante el sistema de oposición libre dos plazas de delineante, una de ellas reservada a personas con discapacidad, en Régimen de Funcionario de Carrera para el Ayuntamiento de Almuñécar.

para proveer, mediante el sistema de oposición libre una plaza de Biólogo en régimen de Funcionario Interino para el Ayuntamiento de Almuñécar.

Que en el Boletín Oficial de la Provincia de Granada de fecha 29/11/2010 se hace público el Tribunal Calificador de las siguientes plazas de funcionario para el Ayuntamiento de Almuñécar:

para proveer, mediante el sistema de oposición libre dos plazas de auxiliar administrativo, una de ellas reservada a personas con discapacidad, en régimen de funcionario de carrera para el Ayuntamiento de Almuñécar,

Que ambos tribunales están sujetos a lo dispuesto en el Real Decreto 896/1991, de 7 de junio, por el que se establecen las reglas básicas y los programas mínimos a que debe ajustarse el procedimiento de selección de los funcionarios de Administración Local y en la Ley 7/2007, de 12 de abril, del Estatuto Básico del Empleado Público, entre otros.

Que en ninguno de los Tribunales de las convocatorias aludidas, figura representante alguno de la Comunidad Autónoma.

Que si bien el art. 60.2 de la Ley 7/2007 ha modificado la composición de los órganos de selección en el sentido de que el personal de designación política no podrá formar parte de los órganos de selección, no es menos cierto que el art. 4.f del Real Decreto 896/1991 de 7 de junio sigue vigente en el sentido de que entre los vocales debe figurar un representante de la comunidad autónoma, extremo este que es aplicado por todas las entidades locales de España.

Ley 7/2007, de 12 de abril, del Estatuto Básico del Empleado Público.

Artículo 60. Órganos de selección.

1. Los órganos de selección serán colegiados y su composición deberá ajustarse a los principios de imparcialidad y profesionalidad de sus miembros, y se tenderá, asimismo, a la paridad entre mujer y hombre.

2. El personal de elección o de designación política, los funcionarios interinos y el personal eventual no podrán formar parte de los órganos de selección.

3. La pertenencia a los órganos de selección será siempre a título individual, no pudiendo ostentarse ésta en representación o por cuenta de nadie.

Real Decreto 896/1991, de 7 de junio, por el que se establecen las reglas básicas y los programas mínimos a que debe ajustarse el procedimiento de selección de los funcionarios de Administración local.

Artículo 4. Contenido mínimo de las bases.

Las bases deberán contener al menos:

e) Los Tribunales, que contarán con un Presidente, un Secretario y los Vocales que determine la convocatoria. Su composición será predominantemente técnica y los Vocales deberán poseer titulación o especialización iguales o superiores a las exigidas para el acceso a las plazas convocadas.

f) El número de miembros de dichos Tribunales que en ningún caso será inferior a cinco.

Actuará como Presidente el de la Corporación o miembro de la misma en quien delegue. Entre los Vocales figurará un representante de la Comunidad Autónoma.

Por todo lo expuesto solicito:

1º La anulación de los nombramientos de los miembros de los Tribunales publicados en las convocatorias aludidas.

2º La paralización inmediata de las convocatorias aludidas.

3º Que se subsane la composición de los citados Tribunales, en el sentido de que en cada Tribunal deberá figurar un vocal representante de la Comunidad Autónoma, tal y como marca la legislación vigente.

4º Una vez subsanado el requisito antes aludido, se haga una nueva publicación de la composición de los Tribunales con los miembros legalmente establecidos y se fije la nueva fecha del primer ejercicio.

Legislación en que se basa IU para presentar su denuncia por los tribunales y por los despidos

Legislación en que se basa IU para presentar su denuncia por los tribunales y por los despidos

Real Decreto 896/1991, de 7 de junio, por el que se establecen las reglas básicas y los programas mínimos a que debe ajustarse el procedimiento de selección de los funcionarios de Administración local.

Artículo 4. Contenido mínimo de las bases.

Las bases deberán contener al menos:

e) Los Tribunales, que contarán con un Presidente, un Secretario y los Vocales que determine la convocatoria. Su composición será predominantemente técnica y los Vocales deberán poseer titulación o especialización iguales o superiores a las exigidas para el acceso a las plazas convocadas.

f) El número de miembros de dichos Tribunales que en ningún caso será inferior a cinco.

Actuará como Presidente el de la Corporación o miembro de la misma en quien delegue. Entre los Vocales figurará un representante de la Comunidad Autónoma.

 

La Ley 7/2007, de 12 de abril, del Estatuto Básico del Empleado Público, establece la regulación de los procesos selectivos de consolidación de empleo temporal de acuerdo con los principios de igualdad, mérito, capacidad y publicidad.

En la fase de concurso podrán valorarse, entre otros meritos, la experiencia en los puestos de trabajo objeto de la convocatoria. A estos efectos se considera empleo temporal de carácter consolidable aquellos puestos de trabajo ocupados por personal interino o laboral de forma continuada y con anterioridad a 1 de enero del 2005.

 

Ejemplo de bases en ayuntamientos:

REQUISITOS

f) Ser empleado del Ayuntamiento en régimen de personal laboral temporal, de forma continuada y con anterioridad a 1 de enero del 2005.

 

Leopoldo Abadía: una explicación sencilla de la crisis

Antecedentes del caos: el decretazo contra la seguridad aerea. Si usted ha perdido media hora viendo en la tele las mentiras del gobierno, le recomendamos que dedique otros treinta minutos a estudiar el problema desde otro punto de vista

José Luis Forneo

El siguiente documental muestra los antecedentes que han llevado al cierre total del tráfico aéreo en España el pasado viernes. La propaganda del gobierno y de los medios se han lanzado a deguello contra los controladores, sin señalar en ningun momento las razones que han provocado la decision de los trabajadores de AENA a abandonar el trabajo.

Independientemente de lo que nos repiten una y otra vez, que los controladores ganan mucho, etc.., sin recordarnos que hacen horas extras porque el gobierno no contrata mas controladores, el claro objetivo es criminalizar el derecho de huelga, para terminar recortandolo como está sucediendo con el resto de los derechos de la clase trabajadora.

Cierto, los controladores son trabajadores elitistas, corporativos, insolidarios con el resto, pero eso no significa que tengan que sufrir en silencio los decretos unilaterales que cambian sus condiciones de trabajo o los que afectan a la seguridad aerea.

En este caso, no solo hablamos de grandes salarios o de derechos laborales, también del intento de recortar la seguridad aerea por parte del gobierno, que por cierto, prefiere tomar las torres de control con el ejercito a explicar a la opinion pública qué está pasando realmente.

En definitiva, el documental informa sobre lo que el gobierno no dice, sobre la otra cara de la huelga de controladores y del caos aereo provocado en España tras un nuevo decreto del ejecutivo.

La huelga actual y la respuesta del gobierno tambien demuestra que la apariencia que hace que muchos trabajadores se crean por sus extraordinarias condiciones parte de una "elite", independiente del resto de su clase, es solo eso, una ilusion, pues en realidad todo asalariado está en manos del empresario, y éste es el que tiene y tendrá siempre la sartén por el mango si los trabajadores no se organizan como clase.










http://elpolvorinenvideo.over-blog.es/article-documental-sobre-la-campa-a-del-gobierno-espa-ol-contra-los-controladores-aereos-y-la-seguridad-aerea-62297969.html

Poca memoria, poca vergüenza, pocos escrúpulos

Así son los contratos basura llamados de colaboración social

Así son los contratos basura llamados de colaboración social

Los contratados, que deben estar recibiendo la prestación o subsidio por desempleo, lo siguen cobrando del INEM. Y la administración que les emplea (organismos locales, instituciones, etcétera) paga la diferencia hasta alcanzar la base reguladora que sirvió para calcular el subsidio. En cualquier caso, la ley garantiza que al menos cobren el equivalente al salario mínimo interprofesional.

Los requisitos que exige la legislación para formalizar estos contratos son que los trabajos que realicen los parados sean de utilidad social y beneficien a la comunidad; que no duren más de cinco meses; que se ajuste a las condiciones físicas y de formación del empleado y que se realice en el ámbito de la Oficina de Empleo en que esté registrado.

Sin embargo, el tiempo que trabajen bajo esta modalidad computa como si sólo estuvieran recibiendo el subsidio. Es decir, aunque están en activo, siguen agotando el periodo de disfrute del subsidio al que tienen derecho por haber trabajado antes de quedarse en paro. Si renuncian a la oferta, el INEM deja de pagar la prestación durante seis meses.

Otro de los grandes problemas de estos contratos es que las administraciones sólo pagan a la Seguridad Social por estos trabajadores las cuotas correspondientes a accidentes de trabajo y enfermedades profesionales.

Además de agotar forzosamente el periodo de percepción de la prestación por desempleo, estos trabajadores carecen de las prestaciones sociales que sí disfrutan el resto de empleados. Por ejemplo, no tienen derecho a recibir las ayudas por hijo para padres o madres trabajadoras ni cotizan de cara a su jubilación.

El acuario sigue dando problemas

El acuario sigue dando problemas

Tras la inundación del acuario este invierno, el ayuntamiento está en disputa con la empresa que lo construyó. El informe del ingeniero sobre el particular es claro: la empresa no hizo bien su trabajo. Por ese motivo, el ayuntamiento pide a la empresa que corra con los gastos y esta se niega. Andan de pleitos y ya veremos quien gana.

Claro está que quizá influyeron las prisas que el alcalde metía para que la obra estuviese acabada a tiempo de poder inaugurarla. Ya en su día denunciaron algo parecido el encargado de obras y varios trabajadores. IU se hizo cargo de estas denuncias y el alcalde decía que todo era para enredar, que el acuario estaba perfecto. Pues basta con leer el informe del ingeniero para darse cuenta del problema que tenemos.

En la última reunión de la Junta de Gobierno Local han vuelto a tratar el tema por enésima vez y hacen de nuevo alusión al informe:

Visto informe emitido por el Servicio de Ingeniería, de fecha 15.01.10, en el que pone de manifiesto la necesidad de realizar obras de emergencia para la reparación y sellado de las zonas del muro de contención del acuario municipal debido al riesgo inminente y a los daños que están produciendo en las instalaciones las filtraciones provocadas por las lluvias y la subida del nivel freático”

Asimismo, entiende el Jefe del Servicio de Ingeniería que procede desestimar el recurso y ejecutar las garantías, a fin de reparar los daños por vicios ocultos, no subsanados por el contratista, señalando en su informe que el “el Sr. Letrado confunde la causa con el medio, la lluvia o el nivel freático, es decir, la presencia de agua en el trasdós del muro en nada tiene que ver con que el mismo presente vicios ocultos de construcción o mala praxis constructiva, como es el caso, con coqueras o separadores de encofrado en madera, que al pudrirse ha ocasionado vías de agua “como puños”, así como ausencia de impermeabilización adecuada al muro, y que ocasionaron la inundación del acuario y su cese de actividad por más de una semana”.

Por cierto, cada día se tiran millones de litros de agua a través de cuatro gomas de grandes dimensiones. Otros tantos se están tirando del solar que hay en la calle Guadix junto al antiguo hotel Meliá. ¿Quién paga ese destrozo ecológico? ¿Cómo se remedia ese atentando al acuífero que riega nuestros campos?

Para eso no hay respuesta. Ahora sólo falta que el señor alcalde, o su concejal Alabarce, vuelva a decir que nuestras denuncias son un invento para enredar.

¿Qué le dan de comer a nuestros hijos por menos de tres euros?

¿Qué le dan de comer a nuestros hijos por menos de tres euros?

Acta de la Junta de Gobierno Local del 24 de agosto

Expediente 167/10 de contratación incoado para la adjudicación del servicio de catering para Colegios y Guardería Municipales de Almuñécar

Se acuerda elevar a definitiva la adjudicación provisional realizada a la empresa DIEGO MIÑÓN AUGI para la  ejecución del Servicio de catering para Colegios y guarderías municipales de Almuñécar, por el importe ofertado de 82.956 EUROS/anuales IVA incluido, y precio del menú individual de 2,89 euros IVA no incluido.

IU defenderá en el Pleno que no se pase a votación el nombramiento de la virgen como alcaldesa de Almuñécar

IU defenderá en el Pleno que no se pase a votación el nombramiento de la virgen como alcaldesa de Almuñécar

La consecución de los Estados aconfesionales ha sido un logro histórico de las sociedades occidentales que ha permitido avanzar en el progreso civil, científico y democrático de los pueblos. Existen en el momento actual suficientes evidencias del aislamiento y retroceso en las libertades civiles y en el progreso en aquellos países que no han implantado una separación real entre el Estado y las distintas confesiones religiosas.

España, en la senda abierta por la tradición europea moderna, incorporó como base de la organización del Estado y del marco de convivencia entre todos los españoles, el carácter aconfesional del Estado recogido en nuestra Carta Magna. Ese momento supuso una ruptura con la anterior situación de identificación entre Iglesia Católica y Estado, que sumergió al país en una época de atraso y oscurantismo.

La situación actual no permite hablar de una aconfesionalidad real del Estado Español, ni de las administraciones públicas. Se percibe un retroceso claro como consecuencia de la presencia de la Iglesia Católica en los órganos y estructuras del Estado y su cada vez mayor participación en los procesos de toma de decisiones.

El deterioro del marco aconfesional del Estado es de tal gravedad que se ha convertido en habitual la presencia dominante de la Iglesia Católica en la estructura administrativa del Estado, conculcando derechos esenciales, especialmente en los ámbitos educativo, jurídico, sanitario...; y relegando a la marginalidad a quienes reclaman desde la sociedad civil el cumplimiento de los principios generales que sustenta la Constitución Española.

De persistir esta tendencia involucionista, se corre el riesgo de ralentizar e incluso detener el avance hacia mayores niveles de progreso social, moral y de convivencia. El carácter reduccionista y unilateral de los principios confesionales amenazan la pluralidad intelectual y ética de las sociedades laicas, caracterizadas por el mestizaje, la multiculturalidad, la integración y la apertura. Almuñécar es un ejemplo claro de sociedad plural en cuanto al idioma, la cultura o la religión.

Reivindicamos el fortalecimiento de un Estado laico cuyos valores sean la libertad de conciencia, la igualdad entre los ciudadanos, al margen de sus convicciones religiosas, y la autonomía de juicio, cultivada gracias a una escuela pública y laica, depositaria de la cultura universal. La práctica religiosa ha de ser completamente libre pero circunscrita al ámbito privado.

Muchos ciudadanos de este país pensamos que un Ayuntamiento debe representar a todos sus vecinos, y que la religión es un asunto privado que no tiene nada que ver con las mayorías o minorías que configuran los distintos partidos políticos.

Hechas estas consideraciones, entendemos que el nombramiento de la Virgen de la Antigua como alcaldesa de Almuñécar es una devaluación de la democracia, una sinrazón y una forma de burlarse al mismo tiempo de las instituciones y de las creencias, al mezclar algo íntimo, como es la religión, con una institución pública de carácter político, como es el ayuntamiento.

En Almuñécar convivimos con total naturalidad católicos, protestantes, budistas, islamistas, ateos o agnósticos. Esta convivencia multicultural debe ser respetada y estimulada con actos que integren y no traten de situar a ninguna religión por encima de las otras.

En nuestra opinión, no es lícito imponer una servidumbre mágica de ese tipo. Si el día de mañana, en una ciudad española cualquiera, los musulmanes son mayoría y el ayuntamiento adopta una medida similar con Alá o con Mahoma nos parecerá una falta de respeto equiparable a la que aquí se pretende.

En plenos anteriores, el alcalde se ha negado a pasar a votación mociones de gran trascendencia para la ciudadanía referentes a temas como la injusta tasa de basura o la desproporcionada zona azul. Hoy nos trae una moción que no sirve para mejorar el nivel de vida y de convivencia de los almuñequeros sino para crear un agravio hacia miles de ciudadanos y ciudadanas del municipio.

Hoy, como prueba de respeto a los miles de almuñequeros que no son creyentes o son creyentes de otras confesiones religiosas, pedimos al Pleno que este tema se quede sobre la mesa y no se pase a votación por entender que no es esta una competencia municipal.

ESCRITO QUE SE ADJUNTA A LA HOJA DE RECLAMACIÓN PRESENTADA EN LA EMPRESA AGUAS Y SERVICIOS DE LA COSTA TROPICAL DE GRANADA – SECTOR ALMUÑÉCAR

Los vecinos están entregando escritos de protesta en el ayuntamiento y en la empresa Aguas y Servicios. Uno de estos escritos dice así:

 La Junta de Gobierno Local del Ayuntamiento de Almuñécar, en fecha 19 de julio de 2010, acordó notificar a los propietarios del Conjunto La Fabriquilla de Almuñécar, la ejecución de obras de conexión a la red de saneamiento pública con apercibimiento de corte de suministro de abastecimiento de no ejecutarse en un plazo de 15 días. Esta decisión se ha basado en un informe aventurado del técnico de Aguas y Servicios, ratificado por el Ingeniero Municipal, en el que afirman que el Conjunto Residencial La Fabriquilla nunca ha estado conectado a la red municipal de alcantarillado.

Sin embargo, hace 40 años, los edificios La Fabriquilla obtuvieron la licencia de primera ocupación y estaban conectados a la red municipal. Esta documentación debe estar custodiada en el archivo del Ayuntamiento desde que se construyó La Fabriquilla; Además, tanto el Ayuntamiento como Aguas y Servicios les han cobrado el canon de alcantarillado a los pisos y locales comerciales.

Según se ha constatado, en la ejecución de las conexiones a la red municipal de las distintas acometidas tras las obras del parking del Altillo, los técnicos de Aguas y Servicios y del Ayuntamiento, cerraron la conexión de La Fabriquilla a la red municipal de saneamiento.

El lunes día 2 de Agosto pasado, un grupo de vecinos de La Fabriquilla se entrevistó con el Sr. Juan Poyatos, técnico de Aguas y Servicios, exponiéndole los dos puntos anteriores y los testimonios de, entre otros, el encargado general de la constructora de La Fabriquilla. Pues bien, lejos de reconsiderar el informe que ha provocado la amenaza de corte de agua, el Sr. Poyatos se negó a dar marcha atrás, demostrando una actitud no colaboradora e irresponsable.

A lo manifestado, añado que existen indicios de que Aguas y Servicios está recabando información complementaria sobre el informe en los últimos días, por lo que muy probablemente ya tienen conocimiento del error cometido.

Por todo ello, solicito que de forma inmediata comunique al Ayuntamiento la anulación del informe que ha dado pie a la amenaza de corte del suministro y aporte toda la información de que dispongan a fin de establecer correctamente las responsabilidades.

 

En Almuñécar, a 4 de agosto de 2010.

TRADUCCIÓN DE LA REFORMA LABORAL

TRADUCCIÓN DE LA REFORMA LABORAL

Laboro. Asesoramiento jurídico laboralista de trabajadores en España

http://laboro-spain.blogspot.com/

 

Hemos leído muchas interpretaciones sobre la reforma; muchas inexactas, algunas exageradas y casi todas ellas demostrando mucha ignorancia en derecho laboral básico por parte de su autor. Así que aquí tenéis nuestra traducción de la reforma al Roman Paladino, en el cual el pueblo suele hablar a su vecino. Como conocemos muy bien el percal no sólo os podemos informar de la "letra" de la reforma, sino también del "fondo", es decir de lo que se pretende con esta reforma realmente y quiénes y cómo van a salir beneficiados y perjudicados por ella. 

 Cambios en la contratación temporal

El contrato por obra se limita a 3 años por Estatuto de los Trabajadores y hasta 4 años si se permite en el convenio sectorial. Ojo, no vale ampliarlo en los convenios de empresa. Por supuesto estamos hablando de contratos por obra que sean correctos. Si el contrato temporal por obra está en fraude de ley es indefinido desde el primer día igual que antes.

Cuando se tengan dos o más contratos temporales de cualquier tipo (excepto de formación e interinidad), incluyendo por ETT, que sumen 24 meses en los últimos 30 con la misma empresa o grupo y haciendo cualesquiera funciones, el contrato se transforma automáticamente en indefinido. Antes se exigía que fuera ejerciendo las mismas funciones y con la misma empresa. Podría ser una clara mejora, pero como el despido objetivo en los indefinidos va a ser mucho más fácil no va a servir de nada a los trabajadores

La empresa tendrá que comunicar por escrito al trabajador, en el plazo de 10 días, que ha pasado a ser indefinido por cualquiera de las razones anteriores. Como siempre ha pasado, los empresarios se lo pasarán por los cojones y el empleado que quiera que demande.

Se van a seguir permitiendo, de forma totalmente consciente, las dos grandes vías de fraude de ley en los contratos temporales:

Las contratas. Si una empresa tiene un puesto fijo (por ejemplo de informático) y lo contrata ella misma mediante un contrato temporal, sería realmente indefinido porque estaría en fraude de ley. En cambio, si mete al informático mediante una contrata, es un contrato temporal correcto. Es decir, en ambos casos el informático hace lo mismo, pero de la segunda forma el contrato temporal cuela y de la primera no. Esto es así porque el Tribunal Supremo lo decidió en varias sentencias. Por eso existen miles de supuestas empresas que lo único que hacen realmente es dedicarse a la cesión ilegal de trabajadores mediante contratas, especialmente en la construcción, la informática, la limpieza, la vigilancia... y se les va a permitir seguir haciéndolo.

La sucesión de trabajadores temporales para el mismo puesto fijo. ¿Quién lo va a impedir? ¿Va a actuar de oficio la inspección de trabajo? ¿Van a demandar los empleados o el Comité de empresa? ¿Van a denunciar los sindicatos? Por favor, que no nos hagan reír que se nos saltan los puntos de la hernia.

La indemnización por fin de contrato temporal va a subir a 12 días por año... en el 2015. De momento sigue igual (8d) para todos los contratos temporales que se hagan en el 2010 y en el 2011. Los que se hagan en el 2012 pasan a 9d, 10d en el 2013, 11d en el 2014 y 12d en el 2015.

Se va a permitir la contratación por ETT dentro de las Administraciones Públicas. Esto sí que es gordo porque es directamente anticonstitucional, ya que infringe el principio de igualdad, mérito y capacidad en el acceso a la función pública. Esto puede suponer directamente la muerte de las bolsas de trabajo y un golpe gigantesco para el negocio de las oposiciones (academias y editoriales), especialmente en algunas administraciones, como los servicios de salud, y en algunos puestos de escasa cualificación, como ordenanzas y auxiliares administrativos. Por ejemplo, si ahora se usa la bolsa de trabajo para cubrir las bajas de maternidad, dentro de un tiempo estará generalizado llamar a la ETT y pedirle un licienciado en derecho con conocimientos de informática para sustituir a Paqui, la auxiliar del Ayuntamiento que está embarazada.

Hasta ahora las Administraciones tenían que convocar oposiciones cada cierto tiempo con el objetivo de tener bolsa de trabajo. Ahora no va a hacer falta. El chollo y la buena vida para el funcionario con plaza y cuando haya mucho trabajo que hacer se llama a la ETT y ya está.

Efectos reales de estos cambios

El efecto real en el mundo del trabajo de estas reformas en la contratación temporal es sencillísimo de "adivinar". Hay que tener en cuenta que otra de las claves de la reforma es que la empresa sólo paga 12 días de los 20 días de indemnización por despido objetivo de un empleado indefinido, pagando el FOGASA los otros 8, y que este despido va a ser más fácil. Así que la Gestoría Pepe y su cliente Manolo el del bar van a hacer lo siguiente con los contratos de los camareros:

·         Hasta el 31/12/2011 temporal a todo el mundo, como el 96% de los contratos que se hacen hasta ahora.

·         Desde el 1/1/2012 irán disminuyendo progresivamente el nº de contratos

·         Desde el 1/1/2015 "indefinido" a todo el mundo, porque tanto a indefinidos como a temporales costará 12 días por año ponerlos en la calle, pero las cotizaciones de los indefinidos son inferiores.

Dentro de 5 años se harán muchísimos más contratos indefinidos que ahora, pero serán mucho menos estables porque el despido será mucho más barato. Digamos que el contrato de trabajo será una mierda indefinida porque la mierda flota.

Dentro de 5 años ningún periódico ni TV ni radio nos recordará que hubo una reforma por la cual la indemnización por despido bajó de 45 a 20 días por año y el Gobierno de turno (sea PSOE o PP), las empresas y los medios de comunicación domesticados con publicidad presumirán de que en España se habrá acabado con la temporalidad abusiva, cuando la realidad será que se habrá acabado con los contratos indefinidos de 45 días de indemnización. Las empresas se gastarán menos dinero en cotizaciones y los trabajadores cobrarán menos de indemnizaciones. Es decir, que de todo el pastel que es la economía española aumentará la parte que se quedan las empresas a costa de la parte que se quedan los empleados, pues ese es el único y verdadero objetivo final de esta reforma laboral. Dicho de otra forma. Los costes laborales totales (salarios + cotizaciones + indemnizaciones) en España van a seguir siendo los mismos, pero se van a repartir entre más trabajadores. El mismo pastel dividido entre más gente. Menos paro, pero peor trabajo. Joder, qué fácil ha sido acabar con el problema del paro.

Los efectos sobre la economía en general están en la misma línea. Hasta ahora muchas empresas llevaban dos contabilidades, A y B, sólo para pagar menos a Hacienda; pero ahora van a tener que hacerlo también para poder reducir sus costes laborales. Como el dinero del FOGASA sale de las cotizaciones de las empresas, esta reforma va a suponer que las empresas con plantilla estable y que no llevan doble contabilidad van a tener muchos más gastos y van a pagar los despidos objetivos fraudulentos de las empresas defraudadoras y con renovación constante de la plantilla. El mensaje del Gobierno es claro: contrate usted como sea y haga lo que quiera con sus empleados, que a cambio de que nos reduzca el paro nadie va a preguntar por cuentas.

Por otro lado, hasta ahora había muchos empleados con años de antigüedad en sus empresas a base de encadenar contratos temporales por obra con contratos eventuales, cambiándoles de empresa, etcétera. La Asesoría Pepe sabe de sobra que es un fraude, pero no se lo dice a sus clientes porque si el empleado denuncia quien paga es el cliente, no la asesoría. Pero ahora todos los clientes van a saber que a los dos años el empleado se hace "fijo" sean cuales sean los truquitos de la Asesoría Pepe. El resultado va a ser que van a echar a todo el mundo a la calle cada 3 años.

 2. DESPIDOS.

La tramitación como proyecto de ley no entrará en vigor hasta principios de octubre. Lo que se ha aprobado es el "inicio", por decirlo así, de la tramitación de este proyecto de ley. Ahora queda las fases de ponencia, enmiendas, Senado, etcétera. El Congreso ha aprobado que en Agosto se puedan celebrar todas las sesiones que sean necesarias de la ponencia, la comisión y el pleno para aprobar definitivamente la Ley.

Total, que aún no está todo el pescado vendido ni mucho menos y no dudéis que algo van a dejar para cambiarlo tras la huelga general.

Modificaciones del despido colectivo y del objetivo.

·         Estas modificaciones van a afectar a todos los trabajadores, tanto a los que ya tengan contrato de cualquier tipo cuando se apruebe la Ley como a los contratados a partir de entonces. Antes de seguir, te recomendamos que leas nuestro artículo sobre tipos de despido, para saber distinguir entre disciplinario, improcedente, objetivo y nulo.

·         Despido por causas económicas. Para conseguir en el juzgado que su despido objetivo 20d fuera declarado procedente, hasta ahora era necesario que la empresa demostrara que dicho despido era necesarios para la supervivencia de la empresa. Ahora sólo tendrá que probar que "se deduce mínimamente la razonabilidad" del despido de su "situación económica negativa".

·  Al igual que en el despido objetivo por causas económicas, en el despido objetivo por causas organizativas la empresa deberá justificar sólo que de su situación organizativa "se deduce mínimamente la razonabilidad" del despido.

      ·         El preaviso por despido objetivo será de 15 días. Antes era de 30.

      ·         Si en despido objetivo no pagan la indemnización inmediatamente y el empleado demanda, será despido improcedente. Antes era nulo, con readmisión obligatoria.

       ·        Si en la carta de despido objetivo no se indican con detalle las causas y la justificación del mismo, será despido improcedente si el empleado demanda. Antes era nulo con readmisión obligatoria.

  Intenciones verdaderas.

En la propuesta inicial de la reforma que se pasó a los sindicatos pocos días antes de aprobarse, se exigía que las causas económicas se demostraran documentalmente y que las necesidades de empleo de la empresa se hubieran reducido, pero ambas cosas las han quitado del texto definitivo que está ahora en trámite parlamentario. Además está eso de que el despido objetivo se justifica si se "deduce mínimamente la razonabilidad".

Ese "mínimamente" no deja lugar a la menor duda: la verdadera intención del Gobierno es impedir que los despidos objetivos (20 dias) acaben en improcedentes (45 dias) por demanda judicial del empleado.

Consecuencias.

 

  • En resumen, el despido va a ser libre y sólo va a costar 12d por año en caso de dificultades mínimas, ya que los otros 8d los va a pagar el FOGASA. Antes también era libre, pero pagando, sin ayuda del FOGASA, 45d por año. Aún así, confiamos ciegamente en que la Asesoría Pepe la seguirá cagando en las cartas de despido objetivo o saltándose el pago inmediato, con lo que seguirá siendo recomendable demandar siempre en caso de despido objetivo. En casi todos las cartas que hemos visto, la Asesoría Pepe pone como causa de despido objetivo la frase "por causas económicas, organizativas o de producción" copiada textualmente del artículo 51.1 del Estatuto de los Trabajadores, sin añadir nada más que alguna que otra conjetura o generalidad. Hay que ser muy tonto para poner un "o" en la causa, porque demuestra que no existe causa concreta. Claro que cuando ponen un "y" es casi más divertido, ya que difícilmente una causa puede ser de dos tipos a la vez. En nombre de los trabajadores que todos los días les ganan los juicios: gracias, Asesoría Pepe.
  • Como los trabajadores en reducción voluntaria de jornada tienen protección especial contra despido improcedente y también actúan derechos especialmente protegidos, en nuestra opinión seguirá siendo igual de difícil conseguir echarlos con despido objetivo. Resultaría bastante contradictorio que se despida por causas económicas al empleado que cobra menos por haberse reducido la jornada. Por tanto, muchos empleados se reducirán la jornada con el único objetivo de impedir que los despidan.
  • Es cachondísimo, pero ahora va a ser más barato y fácil despedir a los trabajadores que trasladarlos o cambiarles el horario. En casos de traslado o cambios de horario perjudiciales, el trabajador tiene derecho a rescindir su contrato cobrando indemnización de 20d año, que pagará totalmente la empresa. Además tendría muchas posibilidades de ganar el juicio porque esos traslados y cambios de horario sólo se pueden hacer por necesidades probadas. En cambio, si la empresa le hace un despido objetivo sólo tiene que pagarle 12d año, ya que los otros 8d los paga el FOGASA y además este despido no tiene que ser por razones probadas.
  • Como el despido será muy fácil y sólo va a costar 12d año, harán a todo el mundo indefinido desde el principio, porque la finalización del contrato temporal costará también 12d año, pero las cotizaciones son más caras. Además un contrato temporal en fraude permite al empleado demandar y conseguir indemnización de 45d año. Por tanto nos encontramos con la paradoja de que los contratos temporales en fraude van a ser más estables que los contratos indefinidos. Cágate lorito.

    3. NUEVO CONTRATO.

     

    Nuevo "Contrato de Fomento de la Contratación Indefinida" (CFCI).

    Se lo van a poder hacer a todo parado cuyo empleo anterior haya sido con contrato indefinido o que haya estado dos o más años con contratos temporales con cualquier empresa. Es decir, a casi todo el mundo.

Con un CFCI la empresa te podrá despedir sin razón pagando sólo 33d año y sin pagar salarios de tramitación.

Además el FOGASA le va a pagar 8d, por lo cual la empresa sólo paga realmente 25d. Lo único que tendrán que hacer será poner en la carta que el despido es objetivo sin dar ninguna razón y al mismo tiempo reconocer que es improcedente. Antes de la reforma, la indemnización de 33d la pagaba totalmente la empresa sólo era posible si el empleado demandaba y era el juez quien decía que el despido objetivo era improcedente. En ese caso, el empleado cobraba y cotizaba los salarios de tramitación, el salario completo entre despido y sentencia, que como poco venían a ser entre 3 y 4 meses.

·         Despido por causas organizativas. Las causas que antes justificaban un simple cambio de horario, de jornada o un traslado ahora también justifican el despido objetivo de 20d por año. Esto no estaba en la propuesta inicial.

·         Será válido un despido objetivo de 20 dias que simplemente mejore la situación organizativa de la empresa. Ya no será necesario que existan dificultades organizativas que haya que superar.

Será válido el despido objetivo 20d de tipo preventivo, porque se admite dicho despido para prevenir una futura "evolución negativa". Ya no será necesario que la empresa demuestre que existen dificultades reales, actuales y efectivas, como se pedía en la jurisprudencia del Supremo.

Un hombre con palabra

Yo soy español, español, español

Clausura de la Asamblea de Refundación de la Izquierda